Por Arturo Ángel.
Un juez
federal inició un procedimiento judicial en contra de la comisionada de
Atención a Víctimas Mara Gómez Pérez, por incumplir con una sentencia de amparo
en la que se ordenaba, desde octubre pasado, que se emitiera un acuerdo de
reparación de daño en favor de la familia de una niña fallecida en la Guardería
ABC.
Dicho
procedimiento podría derivar incluso en la remoción del cargo de la comisionada
y en una acusación penal en su contra, dado que incumplir con una resolución de
amparo es un delito federal que se castiga hasta con 10 años de prisión.
Así lo
dio a conocer el juez Décimo de Distrito en Materia Administrativa de CDMX,
Francisco Gorka Migoni, en una notificación emitida el viernes pasado.
En dicha
resolución, a la que Animal Político tuvo acceso, se advierte que desde el
pasado 21 de febrero se había impuesto una multa a la comisionada por no
cumplir con la sentencia de amparo, y se le había dado un plazo final de tres
días para que la cumpliera. Pero ello no sucedió.
Derivado
de lo anterior el juez inició un procedimiento denominado “inejecución de
sentencia” en contra de la autoridad responsable, es decir de la comisionada, y
dio vista a un tribunal federal administrativo para que lo integre y proceda en
consecuencia.
“Esto es
para que el Máximo Tribunal determine lo conducente sobre la separación del
cargo de la autoridad contumaz y la consigne al juez de Distrito que
corresponda” indica
el referido acuerdo judicial.
De
acuerdo con los abogados de la familia de la niña fallecida en la guardería, el
juez llegó a conceder a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV)
hasta seis prórrogas para que cumpliera con la sentencia de amparo, y aun así
no lo hizo.
Se trata
de una sentencia de amparo irrevocable, emitida en febrero pasado por el
referido juez y en contra de la cual la Comisión de víctimas promovió en su
momento un recurso de revisión. Sin embargo, en octubre pasado un Tribunal
federal la confirmó y ordenó que se cumpliera.
Lo que
los jueces concluyeron, según el expediente del juicio de amparo 1303/2018, es que la CEAV
había actuado de forma errónea al fijar en 2018 una indemnización menor a la
que le correspondía de acuerdo con casos similares, por lo que tenía que emitir
un nuevo acuerdo.
Dichas
resoluciones se dictaron antes de que la comisionada Gómez Pérez fuera nombrada
al frente de la CEAV, lo que aconteció en diciembre. No obstante, de acuerdo
con las sentencias judiciales, sobre ella recae la responsabilidad.
“Se le
dio una prórroga inicial para que conociera bien del caso, pero para este punto
ya se le han concedido varias mas y no ha cumplido. Y el juez fue bastante
flexible en los tiempos” dijo la abogada Reyna Velasco.
Animal
Político solicitó a la CEAV un posicionamiento sobre este tema, que hasta la
publicación de esta nota continuaba en preparación.
Pedirán
indagatoria de FGR.
Los
representantes legales de la familia afectada indicaron que con independencia
de lo que resulte del procedimiento por no cumplir el amparo, ellos solicitaran
al juez que de vista a la Fiscalía General de la República (FGR) por lo que
consideran que fueron “informes falsos” proporcionados por la CEAV.
Y es que, de
acuerdo con los abogados, lo que la comisionada argumentó en los informes
enviados al juez es que no había podido resolver la indemnización pues el
cálculo que se hizo tenía errores. Sin embargo, no dio pruebas de que ello
fuera cierto.
“Le pedí
al juez que para tener certeza de que efectivamente la comisión estaba haciendo
las gestiones para cumplir, le requiriera el famoso proyecto y observaciones, y
pues no las mando, ¡se las volvió a requerir y nada! Entonces es obvio que no
lo tiene” dijo
Velasco.
Los
abogados subrayaron que este no es un caso aislado, y que hay otros familiares
del caso ABC, víctimas indirectas, que continúan en la misma situación.
Incumplir es
un delito.
De acuerdo
con el artículo 267 de la Ley de Amparo, incumplir con una sentencia de amparo
es un delito que se castiga con una pena de 5 a 10 años de prisión, y multa de
cien a mil días de la unidad de medida.
Pero además también
conlleva la destitución e inhabilitación de cinco a diez años de la persona que
resulte responsable para ocupar cualquier cargo público.
El
procedimiento para llegar a este punto parte de que el juez que concedió el
amparo considere como incumplida la resolución en un tiempo que considere
razonable e inicie un procedimiento de inejecución de esta, que es lo que acaba
de ocurrir en el caso de la titular de la CEAV.
Lo que
sigue a continuación, como lo señaló el juez Gorka Migoni, es enviar el
expediente a un Tribunal federal para que lo estudie, procese y confirme la
sentencia de amparo ha sido ignorada.
Una vez
que se cumpla el paso anterior el caso será remitido a la Suprema Corte de
Justicia, instancia que resolverá si procede la separación del cargo de la
comisionada y la apertura del proceso penal en su contra por su presunta
responsabilidad en la inejecución de la sentencia de amparo.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario.