Por Rubén
Villalpando.
La juez décimo de distrito, Madhay Soto
Morales, ordenó al gobierno de Chihuahua, encabezado por el panista Javier
Corral, cerrar todas las maquiladoras de la entidad, debido a la emergencia
sanitaria por la pandemia de Covid-19, al otorgar un amparo al abogado Carlos
Joel Vargas; además, instruyó a la Secretaría del Trabajo estatal verificar la
suspensión de actividades.
La
Secretaría del Trabajo dio a conocer que detectó que se encontraban en
operación 102 centros laborales con actividades consideradas no esenciales, por
lo que se determinó la suspensión temporal de actividades.
Según
información oficial difundida por el Consejo Nacional de la Industria
Maquiladora y Manufacturera de Exportación (Index) en Ciudad Juárez, limítrofe
con El Paso, Texas, operan 327 maquiladoras, 500 en Chihuahua, y 5 mil 144
en el país.
Luego del
fallo de la juez Soto Morales, la autoridad responsable de aplicar los cierres
de factorías y empresas, cuya producción no sea considerada esencial, es la
delegación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en el estado.
Entre los
actos que reclama el abogado Carlos Joel Vargas en el juicio de amparo está la
omisión de la autoridad responsable en establecer medidas de protección y
seguridad eficaces para evitar el contagio del Covid-19, y no realizar acciones
para asegurar la suspensión de labores no esenciales en el ámbito de su
competencia.
Reprochó
también la omisión de realizar acciones que señalan artículos de la Ley Federal
del Trabajo, como lo que indica la declaratoria emitida por la Presidencia de
la República el 30 de marzo, donde se declara de manera oficial la contingencia
sanitaria en el país.
En el juicio
de garantías, el quejoso refiere: en la entidad hay un millón de empleados
del sector manufacturero de exportación, quienes, a pesar del decreto de
suspensión, siguieron sus labores sin tomar medidas de prevención y protección
en favor de los empleados.
Destaca
que además de poner en peligro la salud y la vida de los obreros, el riesgo se
extendió a la población en general, debido a que éstos podrían propagar el
virus a sus hogares y de ahí diseminarlo a los ciudadanos en general.
El 9 de
abril, la juez Soto Morales dictaminó que la Secretaría del Trabajo debe
revisar y verificar que las maquiladoras de la entidad cumplan con la
obligación que tienen de proteger a sus empleados ante la posibilidad de
contagiarse del Covid-19.
Agregó: se
debe verificar si esas empresas están dentro de las consideradas de actividad
esencial, y si no es así, enviar a sus trabajadores a guardar la cuarentena en
sus casas, con todos sus derechos laborales a salvo; es decir, sueldos y
prestaciones.
Mandató
que “se debe evitar la asistencia a centros de trabajo, espacios públicos y
otros lugares concurridos a los adultos mayores de 65 años o más y grupos de
personas con riesgo de desarrollar enfermedad grave y/o morir a causa de
ella…”, esos trabajadores deberán de ser enviados a sus hogares con su salario
y percepciones íntegros.
Expuso
que en la entidad hay más de un millón de trabajadores de la industria
maquiladora, lo que hace entender el riesgo enorme que existe, de que todos
esos trabajadores siguen cumpliendo con su trabajo, sin que las empresas para
las que trabajan tomen las medidas de prevención necesarias.
La
audiencia constitucional del caso fue fijada para su desahogo el 15 de mayo. El
amparo es tramitado con el número de expediente 524/2020 IV, en el décimo
juzgado de distrito.
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