Poco importa que su pasado esté lleno
de manchas que hasta ahora no han podido limpiarse. Oceanografía y Cotemar, dos
empresas con problemas en sus finanzas y con sus trabajadores, protagonizan la
lista de los 265 contratos que Pemex Exploración, empresa de Petróleos
Mexicanos, ha signado durante el Gobierno de Enrique Peña Nieto. ¿Qué hay más
allá de estos contratos? ¿En qué condiciones se negociaron? ¿Y qué pasa con
quienes laboran para ellas?
SinEmbargo
mandó 210 solicitudes de información para conocer el grado de la
subcontratación en la otrora paraestatal y sus filiales después de la Reforma
de 2013. En la mayor parte de las respuestas predominó la declaración de
“inexistencia” y se obtuvieron sólo 30 respuestas con documentos. Pero, incluso
cuando contestó, Pemex negó información amparada en recursos y criterios
legales.
En 2015,
cuatro personas murieron y 16 resultaron heridas de gravedad por una explosión
en una plataforma petrolífera de El Golfo de México. Petróleos Mexicanos
(Pemex), dueña de la plataforma, informó en un boletín que por lo menos uno de
los fallecidos y 14 de los heridos eran empleados de Cotemar, una de sus
empresas subcontratadas. Cuando el fuego aún se elevaba sobre el mar, un
trabajador que pudo huir relató ante reporteros: “Impresiona a uno ver tantas
llamas, no puedes hacer más que salir corriendo. Hay quienes se tiraron al mar
por la desesperación y el pánico”.
Como en el
género de suspenso, la historia llega
hasta ahí y no puede ser continuada. De los que resultaron heridos no puede
contarse cómo prosiguió el trajín de su vida y si fueron recontratados. De los
deudos de las víctimas mortales, no puede conocerse si recibieron
indemnizaciones. De los que se tiraron al mar se puede saber menos.
La ahora
Empresa Productiva del Estado mantiene por lo menos 266 contratos con entidades
privadas, después de que entró en vigor la reforma energética promulgada por
Enrique Peña Nieto, de acuerdo con una lista que entregó a SinEmbargo mediante
una solicitud de información.
Pero la petrolera nacional desconoce
cuántos trabajadores subcontratados operan en sus complejos o en las de sus filiales;
no sabe tampoco si han quedado atrapados en accidentes laborales; desentiende
cuántos trabajadores han muerto y no ha hecho el cálculo de cuánto se ahorra
por esta forma de hacerse de servicios en la que ha perdido el contacto con sus
trabajadores.
Las
respuestas a un conjunto 210 solicitudes de información que este diario digital
realizó mediante el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección
de Datos Personales (INAI) para conocer qué condiciones tiene la
subcontratación de la petrolera nacional dan cuenta de lo anterior.
Así es
difícil conocer cómo funcionan las compañías privadas nacionales y extranjeras
en las instalaciones petroleras mexicanas a 80 kilómetros mar adentro. También
es difícil saber qué condiciones negociaron las contratistas y la ex
paraestatal. Ya no será posible conocer si hay violaciones a los derechos
humanos y laborales, si hay despidos injustificados, si hay negación de
servicios médicos básicos para un petrolero. Pemex sostiene en un cúmulo de respuestas con documentos legales que ya
no es responsable. Así, un muro legal se ha levantado entre la otrora empresa
del Estado y los ciudadanos.
A la
pregunta sobre la cantidad de personal subcontratado entre 2013 y 2017, Pemex
Exploración y Producción respondió con el oficio PEP-DG-SPBS-GMCG-135-2017 que
indica:
“No se cuenta con un documento que
contenga el número de trabajadores subcontratados, debido a que no existe
obligación de contar con dicha información, ya que los contratistas o
proveedores serán [por Ley vigente] los responsables de las obligaciones de
contrato”.
Para 106
solicitudes –más del 50 por ciento– Pemex pidió más tiempo con el argumento de
que los documentos a buscar eran un cúmulo copioso en sus archivos. Pero al
final, cuando el plazo de la espera se venció, Pemex y sus filiales declararon en 99 solicitudes “la inexistencia” de
la información, un recurso legal que brinda la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública a las entidades gubernamentales para informar
que no cuentan con los datos solicitados porque no los han registrado. La
petrolera nacional entregó documentos sólo en 30 solicitudes de información.
Pemex
repitió una respuesta..
“Debido a la
cantidad de documentación que debe buscarse en cada una de las áreas que
integran esta Subdirección a fin de identificar si hay información a la que
alude la solicitud de Información que antecede, solicitamos una prórroga de
acuerdo con el artículo 135 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información, segundo párrafo, para poder tener el tiempo adecuado y hacer la
entrega correspondiente”.
A la letra,
el artículo 135 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
–una vieja carta en la materia porque Enrique Peña Nieto promulgó el 5 de mayo
de 2015, otra que vuelve homogéneo el acceso a la información en todo el país–
indica que la respuesta a la solicitud deberá ser notificada al interesado en
el menor tiempo posible, que no podrá exceder de veinte días, contados a partir
del día siguiente a la presentación de aquella.
Pero también precisa:
“Excepcionalmente, el plazo referido
en el párrafo anterior podrá ampliarse hasta por diez días más, siempre y
cuando existan razones fundadas y motivadas, las cuales deberán ser aprobadas
por el Comité de Transparencia, mediante la emisión de una resolución que
deberá notificarse al solicitante, antes de su vencimiento”.
Incluso
cuando entregaron documentos, Pemex y sus filiales negaron información. Por
ejemplo, a la pregunta de si conocían, de alguna manera, la situación laboral
de los trabajadores en empresas subcontratadas y cuántos habían sido despedidos
de sus plantas en aras de tener servicios terciarios, Pemex Cogeneración, Pemex
Etileno y Pemex Exploración se apegaron a criterios establecidos por el INAI
(antes IFAI) en el pasado. Dijeron que en la medida de que el periodo de
búsqueda de la información no fuera claro en la solicitud, no reconocían la
obligación de responder. Para decir que no había señales de despidos, usaron la
frase “cero registros” y alegaron que el cero es un valor. No quedó claro si no
lo registraron o en realidad, no hubo despidos.
Aplicados
criterios de este tipo, las entidades
públicas no pasan al índice de respuestas con declaración de “inexistencia”
(que significaría que no hicieron el registro de la información o que no la
tienen por razones legítimas).
Esas filiales de Pemex respondieron
así: “En los Archivos y Sistema de la Subdirección de Relaciones Laborales y
Servicios al Personal existen 0 cero registros de personal despedido. Al caso resulta aplicable el
Criterio 18/13 emitido por el Pleno del anterior Instituto Federal de Acceso a
la Información (IFAI) actualmente INAI que señala:
Respuesta igual a cero. No es
necesario declarar formalmente la inexistencia.
En los casos
que ese requiere un dato estadístico o numérico, y el resultado de la búsqueda
de la información sea cero, éste deberá entenderse como un dato”.
Sobre la
subcontratación no sólo se requirió a Pemex; también al Sindicato de
Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. Obligado desde mayo de 2015 a
responder solicitudes de información mediante el INAI, esta agrupación dirigida por Carlos Romero Deschamps, ni siquiera
brindó una respuesta a las preguntas de SinEmbargo. A cada solicitud le puso el
estatus de “en proceso” pero no indicó en qué fecha la respondería.
El Sindicato
de Pemex, dirigido por el senador del Partido Revolucionario Institucional
(PRI) es una de las entidades que más se ha opuesto a responder preguntas de
los ciudadanos mediante los mecanismos de la Transparencia. En la última década ha promovido 47 demandas de amparo en contra de
peticionarios ante el INAI para que Pemex no le brinde ninguna información
sobre el dinero que recibe de la ex paraestatal. Ahora, cuando una ley lo
obliga a responder, decenas de preguntas de SinEmbargo continúan tal cual: “En
proceso”, dice.
LA
INEXISTENCIA.
En México,
hay tres argumentos para negar información a los ciudadanos. Los datos
solicitados están reservados, son confidenciales o son inexistentes. El recurso
de declarar la información “inexistente” mostró un crecimiento notable en los
requerimientos de información. La inexistencia significa que en los archivos no
hay la menor huella de los datos solicitados porque jamás se hizo registro.
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