miércoles, 1 de noviembre de 2017

Ministro propone que el Congreso regule la publicidad oficial y acabe con la discrecionalidad gubernamental.

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El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, propuso amparar a la organización Artículo 19 para que el Congreso de la Unión regule la publicidad oficial antes del 30 de abril próximo y acabar así con la discrecionalidad de las autoridades que la usan como castigo a los medios críticos.

Ese es el sentido del proyecto de resolución del amparo en revisión enlistado para ser discutido en la sesión del próximo 15 de noviembre en la Primera Sala del máximo tribunal.

De acuerdo con el ministro, el Congreso de la Unión ha sido omiso en su obligación de expedir la ley reglamentaria del párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución, según lo estableció el artículo Tercero Transitorio del Decreto que la reformó en materia político-electoral y que se publicó el 10 de febrero de 2014.

Zaldívar propone que la ley se apruebe antes de que finalice el segundo periodo ordinario de sesiones de este último año de la LXIII Legislatura, es decir, antes del 30 de abril de 2018.

Para conceder el amparo se requiere una mayoría de tres votos, por lo que el ministro requiere del apoyo de dos de sus homólogos.

El proyecto sostiene que el Congreso ha sido omiso por más de tres años, por lo que ha vulnerado la libertad de expresión tanto en su dimensión colectiva como en la individual de la quejosa.

Apoyado en diversos criterios de la Corte, sostiene que la publicidad oficial no debe usarse para premiar o castigar a los medios de acuerdo con su línea editorial.

Cuando se usa para castigar, dice, se provoca un “efecto silenciador” de los medios de comunicación críticos, en la medida en que a través de la asfixia financiera se prescinde de puntos de vista que enriquecen el debate robusto que debe existir en una democracia sobre asuntos de interés público.

Explica que ninguna ley o disposición constitucional da a los medios el derecho a que se les asignen recursos estatales por concepto de publicidad, pero la Constitución sí exige que el ejercicio del gasto en comunicación social no afecte la libertad de expresión por la ausencia de reglas claras sobre el ejercicio de ese gasto.

Dicha ausencia, asegura, “hace que cualquier gasto en esta materia sea potencialmente arbitrario”, lo que es contrario también a la Convención Americana de Derechos Humanos y lo establecido por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA.

La falta de regulación propicia que la política de gasto en comunicación social canalice los recursos federales hacia medios afines a las posiciones de los gobiernos y niegue el acceso a esos recursos –o se amenace con restringirlos– a los medios críticos a las políticas del gobierno, abunda.


Zaldívar sostiene que la omisión legislativa “tiene un efecto disuasivo” en el ejercicio de la libertad de expresión de los medios de comunicación en general, toda vez que las afectaciones financieras que sufren los medios críticos pueden llevar a los demás a adoptar posiciones diferentes con el gobierno para no perder los recursos que les son asignados por publicidad oficial.

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