El Instituto
Federal de Telecomunicaciones (IFT) dio a La Visión de Dios –asociación
evangélica que desde octubre inició los procedimientos para hacerse de un lugar
en la radiodifusión– una concesión única con la que, además de radio, tiene el
aval para ofrecer servicios de televisión por cable.
Desde el 10
de abril el regulador decidió dar el permiso al grupo, y el 22 de mayo
entregó el título de concesión a Rebeca Chan para la frecuencia modulada (FM)
101.9 de Mérida, Yucatán, y cuya autorización para servicios de radio y
televisión se prolonga hasta 2034.
El
consentimiento otorgado a La Visión de Dios no es el primero por parte del IFT
a un actor religioso, pero en fechas recientes los grupos evangélicos han
reforzado su presencia a fin de lograr que se les permita promoverse por medio
del espectro público.
En febrero, Arturo
Farela, líder de la Confraternidad de Iglesias Cristianas y Evangélicas, visitó
Palacio Nacional con esa finalidad. En un segundo encuentro, para marzo, dio a
conocer que desde la Secretaría de Gobernación se arma una iniciativa de
reforma a la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público que abra los
candados para que puedan difundir mensajes de los grupos religiosos en señal
abierta.
En
particular, la concesión única de la que se hizo La Visión de Dios autoriza
la prestación, sin fines de lucro, de cualquier servicio de telecomunicaciones
y radiodifusión que técnicamente sea factible, se lee en el documento.
Previamente, el concesionario debe presentar una petición para la inscripción
en el Registro Público de Concesiones por cada servicio público al que se
busque ampliar.
Asimismo, se
expone que “en la prestación de los servicios (…) queda prohibido al
concesionario establecer privilegios o distinciones que configuren algún tipo
de discriminación.
Estará
prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, género,
edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión,
opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente
contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y
libertades de las personas.
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