Itzel Silva
Monroy.
En abril de 2015, la Comunidad Nahua
de Tecoltemi -acompañada por Fundar y por el Consejo Tiyat Tlali- interpuso un Juicio de Amparo en contra de
dos concesiones mineras que la Secretaría de Economía otorgó a la hoy empresa
Minera Gorrión, filial de la canadiense Almaden Minerals, en la Sierra Norte de
Puebla. Esta concesión se otorgó sin el consentimiento y sin haber realizado
consulta alguna a la comunidad.
Durante más
de dos años, la minera intentó diversas
estrategias para que el Juicio concluyera sin que se dictara sentencia, y de
esta forma evadir una condena al Estado Mexicano por las violaciones cometidas
-y que le beneficiaban, y además, evitar que se analizara la Ley Minera, que
contiene diversos artículos contrarios a derechos reconocidos en la
Constitución y en Tratados Internacionales. Simultáneamente, la minera quería
quitarse de encima el problema que le representaba el juicio, pues no lo había
reportado a sus inversionistas.
Almaden
Minerals quería lo mismo que hicieron en
su momento las empresas Hochschild y Zalamera dentro del caso de la comunidad
Me’phaa de San Miguel del Progreso, en Guerrero: desistirse de las concesiones
que le fueron entregadas para dejar sin materia el juicio; no hay materia, no
hay sentencia ni un análisis a profundidad de las implicaciones de la Ley
Minera.
En el caso de San Miguel del
Progreso, las mineras se salieron con la suya: con el desistimiento, la Suprema
Corte de Justicia de la Nación tomó la decisión en 2016 de cerrar el juicio sin
analizar las violaciones cometidas por las concesiones y por la Ley. En el caso
de la Comunidad Nahua de Tecoltemi, Almaden Minerals no logró este objetivo.
En febrero
pasado, un Tribunal Colegiado le dio la razón a la comunidad tras un recurso
legal: la Secretaría de Economía no
podía autorizar a la empresa canadiense la reducción y posterior desistimiento
de las concesiones sobre el territorio de Tecoltemi, porque ello iría en contra
de la orden de suspensión que el Juzgado dio a la comunidad desde que se
presentó el amparo. Y es que la suspensión de las concesiones mineras
impugnadas impedía que se realizaran actos jurídicos con ellas -incluidas la
reducción y el desistimiento- mientras no se dictara sentencia.
La decisión
del Tribunal Colegiado es sin duda un
logro para la comunidad que toca celebrar, pues da marcha atrás a la estrategia
implementada por la empresa para terminar de manera anticipada el juicio de
amparo. Para cumplir con la decisión, la Secretaría de Economía debe ahora
revocar la autorización que había dado a la canadiense para reducir y
desistirse de las concesiones.
Así, el juicio
de Tecoltemi debe seguir adelante; llegado
el momento, el juzgado de amparo deberá revisar no sólo lo relativo a las
concesiones, sino también a diversos artículos de la Ley Minera que
contravienen los derechos de los pueblos indígenas y de los núcleos agrarios, y
que han permitido que el Estado Mexicano ponga a disposición de las empresas
las tierras y territorios de las comunidades. Una batalla legal intermedia se
ha ganado, aún vendrá la final.
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