La Sala 2 de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
desechó el proyecto que declaraba inconstitucionales los lineamientos del
etiquetado nutrimental con el formato Guías de Porciones Diarias (GDA) en
alimentos ultraprocesados y bebidas azucaradas.
El máximo tribunal decidió re-turnar
el caso a la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos, por lo que el fallo de la
nueva votación podría conocerse poco antes del término de la administración a
cargo de Enrique Peña Nieto o durante las primeras semanas del arranque de la
gestión de Andrés Manuel López Obrador.
“El asunto sigue vivo, no se sabe
cuál es el motivo por el cual rechazan la sentencia del ministro Fernando
Franco”, aclaró Alejandro Calvillo Unna, director de la organización El Poder
del Consumidor (EPC).
En el mismo
tenor, Javier Zúñiga, abogado de EPC,
destacó que se desconocen las razones por las que el proyecto fue rechazado, no
obstante, consideró que podría deberse a un asunto “procesal” más que “de
fondo”. “La materia subsiste”, remarcó.
Sin embargo,
tras la decisión de la Corte, los
mexicanos continuarán bajo la sombra de la ignorancia, pues no sabrán, como
hasta hoy, exactamente qué cantidad de azúcares, grasas, sodio, aditivos y
otros ingredientes nocivos contienen los productos que consumen.
“Desde hace ocho años, las empresas
implementaron este etiquetado que nadie entiende”, agregó en entrevista para
SinEmbargo.
El caso fue
atraído por la SCJN tras la demanda de amparo 240/2018, presentada por El Poder
del Consumidor (EPC) en 2015, en respuesta a la implementación del etiquetado
frontal, utilizado por la industria de bebidas y alimentos desde 2011 que ha
sido criticado por su poca claridad.
En 2016, el Juez Octavo en materia
Administrativa en la Ciudad de México decidió conceder el amparo, pues
determinó que el etiquetado violaba los derechos a la salud y a la información
por no proveer información clara a los consumidores. Así, la sentencia ordenó a
la Cofepris dejar de aplicar la medida actual y mejorarla con base en las
recomendaciones nacionales e internacionales. Pero, la propia Cofepris y la
Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) impugnaron.
En ese
sentido, Calvillo Unna añadió que “la
siguiente administración seguramente se desiste de defender la impugnación que
hizo contra la sentencia […] Yo estoy seguro que públicamente se desistirían de
esta impugnación […] Esta Profeco y esta Cofepris que han estado al servicio de
las empresas ya se van. Estamos a la expectativa”.
Después de la impugnación, debido a
la importancia y trascendencia del caso, el tribunal colegiado solicitó a la
Suprema Corte reasumir su competencia en el caso y fue así como lo atrajo y hoy
decidió returnarlo. Incluso, el ministro José Fernando Franco González Salas
presentó en su momento un proyecto donde se respalda la sentencia del Juez.
EPC ha denunciado en reiteradas ocasiones que
ese etiquetado frontal fue diseñado por la Cofepris de la mano de la propia
industria, es decir, al menos durante los últimos años, las grandes empresas
han impuesto su regulación bajo el aval de las autoridades mexicanas.
La organización civil también ha
señalado que el etiquetado es “un atentado contra la salud” y ha criticado que
incurre en violaciones a los derechos humanos, de la infancia y a la
alimentación, cuando debería fungir como una herramienta básica para que el
consumidor tenga el poder de tomar decisiones informadas y saludables.
Pero, establece criterios contrarios a las
recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre los azúcares
añadidos, a la propia Estrategia Nacional para la Prevención y el Control del
Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes y a las recomendaciones del Instituto
Nacional de Salud Pública (INSP).
Por ejemplo,
de acuerdo con la Cofepris, las personas
pueden consumir 90 gramos de azúcar al día, lo que se traduce en 33 kilos al
año. Mientras, la OMS recomienda un consumo ideal máximo de 25 gramos diarios,
es decir, 9 kilogramos anuales.
En un país en el que 7 de cada 10
adultos y 3 de cada 10 niños y adolescentes viven con exceso de peso, de
acuerdo con la última Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT), la
decisión de la Corte cobra especial importancia.
ULTRAPROCESADOS
MALDITOS.
Desde hace años, organizaciones de la
sociedad civil y especialistas habían puesto el dedo sobre la llaga: el alto
consumo de comida ultraprocesada y bebidas azucaradas son los principales
factores responsables de la emergencia epidemiológica decretada en noviembre
del año pasado por obesidad, sobrepeso y diabetes. Apenas ayer, en entrevista para
SinEmbargo, el doctor Miguel Malo, asesor en Enfermedades Crónicas y Salud
Mental en la Organización Panamericana de la Salud/ Organización Mundial de la
Salud (OPS/OMS), lo reiteró.
El mes
pasado, a través del artículo de postura Sistema de etiquetado frontal de
alimentos y bebidas para México: una estrategia para la toma de decisiones
saludables, publicado en la edición julio- agosto de la revista Salud Pública, 31 especialistas afirmaron que “los
estudios disponibles indican que el etiquetado que se utiliza en México, que
está basado en las Guías Diarias de Alimentación, no funciona y debe ser
reemplazado por un sistema efectivo, de fácil comprensión y con criterios
correctos”.
El grupo afirmó que el etiquetado
frontal no es comprensible para la población en general y además carece de
criterios basados en la evidencia científica.
El comité se formó a solicitud de la
Secretaría de Salud y contó con la participación de especialistas del Instituto
Nacional de Salud Pública (INSP), del Instituto de Ciencias Médicas y Nutrición
Salvador Zubirán, universidades públicas y privadas, así como del Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
En el artículo, los expertos
presentaron seis puntos para que la Cofepris y la Secretaría de Salud trabajen
en la modificación de un etiquetado idóneo:
1. Debe
basarse en recomendaciones internacionales y nacionales, entre ellas las de la
Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Academia Nacional de Medicina.
2. Creado
por un grupo libre de conflicto de interés con criterios de transparencia.
3.
Considerar el uso de un perfil nutrimental único a todas las políticas
regulatorias.
4. Enfatizar
que la función principal del etiquetado es proporcionar información fácil de
comprender sobre ingredientes cuyo alto consumo es nocivo para la salud.
5. Estudios
disponibles indican que el GDA no funciona y debe ser reemplazado por un
sistema efectivo de fácil comprensión y con criterios correctos.
6. Se
requiere etiquetado de advertencia como el que se implementa o diseña en otros
países como Chile.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario.