La Cámara de Diputados aprobó un cambio al artículo 1916 del Código Civil Federal, respecto a los motivos por los cuales alguien incurre en daño moral.
La reforma
indica que se considerará como un
ilícito cuando alguien “comunique, a través de cualquier medio incluidos los
electrónicos, a una o más personas la imputación que se hace a otra persona
física o moral, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado que
pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio o exponerlo al desprecio de
alguien”.
El cambio está en que se agregó la
frase “cualquier medio incluidos los electrónicos”, respecto a los medios por los que se
podría “exponer al desprecio” a alguien, o “deshonrar” incluso señalando un
hecho que sea verdadero sobre una persona.
¿Es un intento de censura para
difundir contenido en redes sociales, para frenar la crítica hacia algún
político justo cuando se acercan las elecciones?
De acuerdo
con expertos consultados por Animal Político, esta modificación (aprobada por unanimidad por los diputados y que
deberá analizarse en el Senado) aunque pudo tener una intención autoritaria de
censura, es inofensiva para la libertad de expresión, y podría ser sólo un
distractor.
El director
de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), Luis Fernando García,
explicó que este cambio no disminuye ninguna de las protecciones a la libertad
de expresión, ya que se imponen los criterios sobre el tema establecidos en
resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos.
“El derecho a la libertad de
expresión limita de manera muy estricta la posibilidad de la responsabilidad
civil por daño moral en casos de expresiones de interés público, sobre figuras
públicas. Que en general no puede generarse la responsabilidad por opiniones. Y
que para que la responsabilidad civil por daño moral pueda generarse el
demandante debe probar que la expresión difunde hechos falsos y que el autor de
la expresión los difunde con la intención de dañar”, explicó el especialista.
“El artículo 1916 bis del Código
Civil Federal no modificado sigue protegiendo nuestra libertad de expresión
(además de la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos). Todos tranquis”, agregó en Twitter.
García
consideró que “vale la pena indagar cuál
es la intención o justificación de la ‘reforma’, de quienes la impulsaron. En
el mejor de los casos son ignorantes. Pero a lo mejor sí tenían intenciones
autoritarias (fallidas)”.
Para el
abogado del programa de Protección y Defensa de Artículo 19, Leopoldo
Maldonado, se trata de una reforma
inofensiva que fue aprobada por los diputados “más con una intención de
distracción en términos de la discusión que nos tiene preocupados, que es la
Ley de Seguridad Interior”.
La
iniciativa fue suscrita por el diputado priista Plablo Elizondo García desde el
pasado 5 de diciembre. La cuenta en Twitter del partido tricolor presumió la
aprobación de la reforma con el hashtag #LoHacemosPorTi, sin embargo, tras las
críticas en redes sociales sobre censura, borraron ese mensaje y publicaron
otro al respecto.
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