La
organización Artículo 19 y el Centro de Defensoría Técnica en Derechos Humanos
de Baja California promovieron un juicio
de amparo contra los actos del juez de Control Ernesto Flores Gallegos por la
amonestación que dictó contra José Said Betanzos Arzola, en la que amenaza al
periodista con el inicio de acciones legales por la publicación de un artículo
que involucra a un policía.
En un
comunicado, Artículo 19 precisó que el
pasado 17 de noviembre Betanzos Arzola recibió información acerca de la
probable intervención de un policía y una persona más en el intento de
homicidio de tres personas, dos de las cuales resultaron con lesión de arma de
fuego. En esa misma fecha el periodista publicó la información en su página de
internet.
Días
después, el 8 de diciembre, Betanzos Arzola fue notificado en las oficinas del
medio para el que colabora (‘El Mexicano’) de la amonestación en su contra
dentro de la causa penal 87/2017 que se sigue ante el Tribunal de Control y
Juicio Oral del Poder Judicial de Ensenada, Baja California, relacionada con
los hechos que dio a conocer.
Como parte
de la amonestación, el juez amenaza con
iniciar una investigación penal o un procedimiento administrativo en contra del
periodista en caso de que publique imágenes o nombres de cualquier persona
interviniente en cualquier proceso penal, además de solicitar que de forma
inmediata sea retirada la nota titulada “Policía de Ensenada intentó asesinar a
unos hermanos”.
De acuerdo
con el comunicado de Artículo 19, la demanda de amparo fue admitida y se
encuentra en trámite ante el Poder Judicial de la Federación, en el Juzgado
Segundo de Distrito en Materia Penal y de Juicios Federales en la ciudad de
Tijuana.
Señaló que en dicha demanda se estima
que los actos del juez de Control de Ensenada representan un límite
desproporcionado a la libertad de expresión del periodista, estableciendo
medidas de censura previa y afectando directamente el derecho a la información
de la sociedad.
“En efecto resultan preocupantes los
actos del juez que conoce los hechos denunciados por el periodista ya que, en
completa violación de los principios rectores del proceso penal, amonesta al periodista
en un proceso del cual no es parte, notifica en el domicilio del medio para el
cual colabora, cuando la información se compartió desde una página de internet
independiente, propiedad de Betanzos Arzola, y, por último, la notificación fue
hecha en la ciudad de Tijuana, Baja California, no en la ciudad de Ensenada,
donde ocurrieron los hechos”, puntualizó.
La
organización añadió que ve “con especial
preocupación” la amenaza de inicio de acciones legales en contra del periodista
por parte del juez de Control, ya que además representa actos de censura previa
al exigir “que no publique imágenes o nombres de cualquier persona
interviniente en un proceso penal”, y deja
abierta la posibilidad de que esta censura se extienda a procesos en los cuales
el juez no tenga intervención alguna.
En este
sentido, a pesar de que el Tribunal de Control y Juicio Oral del Partido
Judicial de Ensenada, Baja California, debe ser un órgano especializado en el
cual se hagan efectivos los derechos de las víctimas, imputados y de la
sociedad en general, actúa en contravención de disposiciones constitucionales y
convencionales, acentuando con ello el desconocimiento general de la
importancia del respeto y garantía de la actividad periodística en un contexto
tan adverso como el que se vive en México, subrayó.
Y recordó al juez de Control del Poder
Judicial de Ensenada, Baja California, que es su deber garantizar el pleno goce
de los derechos humanos en la zona, debiendo para ello, como primer paso, no
ejercer violencia institucional en contra de las y los periodistas que
publiquen información de interés general para la sociedad del estado de Baja
California.
Artículo 19
exigió el cumplimiento efectivo de las obligaciones nacionales e
internacionales en materia de libertad de expresión, “máxime atendiendo el
carácter de garante de derechos” que reviste el Poder Judicial del Estado,
particularmente la autoridad que emitió la amonestación y que amenazó al
periodista con el inicio de acciones legales para el caso de publicar información
“de cualquier proceso penal”.
De igual
manera, destacó que el artículo 7º de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 13.3 de la Convención Americana
de los Derechos Humanos y el 19 de Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, prohíben de forma expresa la
censura previa, obligación que es extensible a todas las autoridades en el
ámbito de sus competencias, por lo que el actuar del juez contraviene de manera
evidente las normas constitucionales y convencionales.
En ese mismo
sentido, hizo un llamado al Poder
Judicial del estado de Baja California a cumplir con todas las obligaciones a
las que están sujetos, debiendo con ello realizar actos que no representen
censura previa en ningún caso, debiendo atender la naturaleza de los sujetos
intervinientes en los procesos penales y la importancia de que la sociedad
conozca los hechos en los que existe un probable vínculo con autoridades de
cualquier naturaleza.
“Tal es el caso de la información
dada a conocer por Said Betanzos Arzola, quien publicó la probable intervención
de un elemento de la policía en delitos que agraviaron a tres personas”, apuntó.
Finalmente
señaló que en congruencia con sus
obligaciones de respeto y garantía de los derechos humanos, el juez de Control
Ernesto Flores Gallegos, quien emitió la amonestación y la orden restrictiva de
la libertad de expresión en contra del periodista Said Betanzos, debe
reconsiderar su actuar y dejarla insubsistente.
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