lunes, 26 de noviembre de 2018

Fiscalía autónoma.


Martí Batres.

Por fin, depués de cuatro años, el Congreso de la Unión ha comenzado el proceso para dar cumplimiento a lo que establece el apartado A del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El Senado ha aprobado el dictamen con proyecto de decreto de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y lo ha enviado a la Cámara de Diputados, como cámara revisora, para su eventual ratificación.

Al concretarse se habrá dado un paso urgente y necesario para la justicia en el país. A México le hace falta una Fiscalía fuerte que combata a una delincuencia que se ha apoderado de las calles y de no pocas estructuras de la sociedad. Ante esta emergencia social, llama la atención la descalificación que ha hecho de esta minuta de ley buena parte de la oposición política.

Se afirma que se dará lugar a un 'fiscal carnal'. Se dice que con esta ley no tendrá autonomía la fiscalía.

Este tipo de aseveraciones son falsas e incluso hasta absurdas.

La Constitución establece, en su artículo 102, apartado A, que: “El Ministerio Público de la Federación se organizará en una Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio.”

La autonomía de la Fiscalía, pues, está determinada en la Constitución, y con ella su personalidad jurídica y patrimonio propio.

Sin embargo, los críticos de la Fiscalía afirman que derivará en un 'fiscal carnal', a pesar de la declarada autonomía, porque en el nombramiento de la persona titular de la Fiscalía interviene el presidente de la República.

Y en efecto, la Constitución señala, en el ya referido artículo 102, lo siguiente:

“I. A partir de la ausencia definitiva del Fiscal General, el Senado de la República contará con veinte días para integrar una lista de al menos diez candidatos al cargo, aprobada por las dos terceras partes de los miembros presentes, la cual enviará al Ejecutivo Federal (...)

“II. Recibida la lista a que se refiere la fracción anterior, dentro de los diez días siguientes el Ejecutivo formulará una terna y la enviará a la consideración del Senado.

“III. El Senado, con base en la terna y previa comparecencia de las personas propuestas, designará al Fiscal General con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes...”

Como puede observarse, el Ejecutivo sí interviene, pero de manera muy lateral. El método de designación del fiscal no permite afirmar que sea un 'fiscal carnal' o subordinado, sino todo lo contrario.

No es el Ejecutivo quien formula el listado de candidaturas a la Fiscalía. No es el Ejecutivo quien realiza la propuesta de fiscal para ponerla a consideración del Senado y no es el Ejecutivo quien realiza la designación final del fiscal.

El Ejecutivo sólo interviene para seleccionar tres propuestas de las que ya ha aprobado el Senado con una votación que debe incluir a senadores de las fuerzas políticas de oposición.

¿Está limitada intervención del Ejecutivo en la designación del fiscal afecta su autonomía? No lo creo. De hecho, existen otros órganos autónomos cuyo titular es propuesto directamente por el Ejecutivo, como el Inegi, el Ifetel, el INEE, la Cofece y el Banco de México. En estos casos, la intervención del Ejecutivo es más directa y ¿por esa razón dejan de ser autónomos? ¿Sus titulares son 'carnales' del presidente?

Incluso para la integración, ya no digamos de un órgano autónomo, sino de otro poder como es el Poder Judicial, es el presidente de la República el que formula las propuestas. Es el titular del Poder Ejecutivo federal el que envía la terna de candidaturas a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al Senado de la República para su aprobación. ¿Se trata de 'ministros carnales'?

Finalmente, habría que preguntarse si la designación de titulares de órganos autónomos por el Poder Legislativo sin intervención del Ejecutivo hace de estos órganos entes más autónomos. La experiencia indica que no. Ha habido consejeros electorales muy vinculados con gobernantes, por poner un ejemplo.

En suma, tenemos una Fiscalía autónoma.

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