POR JENARO Villamil.
El Senado aprobó, con modificaciones
en los artículos 12 y 16, la Ley del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas
que deroga la existencia de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los
Pueblos Indígenas y crea un nuevo organismo descentralizado, no sectorizado,
con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía operativa.
Con el apoyo
de todas las bancadas, la nueva ley se
aprobó, en lo general, por 110 votos, y se reconoció la importancia de este
organismo que será el responsable de definir las políticas, programas,
proyectos, estrategias y acciones públicas para garantizar los derechos de los
pueblos indígenas y reconoce a los pueblos originarios y afromexicanos como
sujetos de derecho público.
De acuerdo a
la nueva ley, cada vez que el Ejecutivo
federal promueva reformas jurídicas y actos administrativos, se garantizará el
derecho a la consulta, al consentimiento libre, previo e informado, entre los
pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
Se crean los Centros Coordinadores de
Pueblos Indígenas en las comunidades, para promover y ejecutar las medidas
pertinentes y necesarias para la defensa e implementación de los derechos, así
como de su desarrollo integral y sustentable.
El nuevo
instituto participará en los
lineamientos emitidos por la Secretaría de Hacienda, en la formulación de
proyectos de presupuesto consolidado para los pueblos indígenas, y crea un
Consejo Nacional de los 66 pueblos originarios como un órgano de participación,
consulta y vinculación.
La minuta fue retornada a la Cámara
de Diputadas tras aprobarse, en lo particular, los cambios a los artículos 12 y
16.
El PAN propuso excluir como
integrantes de la Junta de Gobierno del instituto a los presidentes de las
comisiones de pueblos indígenas en el Congreso.
El PRD
planteó en el artículo 16 que los integrantes de comunidades afromexicanas
puedan ser director o directora del instituto. Estas modificaciones se
aprobaron por 102 votos a favor.
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