Por Laurence
Pantin Y Adriana Aguilar.
La
controversia en torno a la decisión de una jueza federal de ordenar el pasado 1
de julio la liberación de un presunto líder de Guerreros Unidos por falta de
elementos probatorios para procesarlo por delincuencia organizada y el
asesinato del juez federal Uriel Villegas y su esposa el pasado 16 de junio han
puesto los reflectores en el Consejo de la Judicatura Federal. Estos dos
episodios ilustran dos funciones fundamentales de los consejos de la
judicatura: la vigilancia, investigación y eventual sanción de los funcionarios
judiciales, así como la preservación de su seguridad e independencia.
Es porque
los consejos de la judicatura tienen la responsabilidad de estas —y otras—
tareas tan importantes para el Estado de derecho y la democracia que, como ya
lo hemos comentado en este espacio, consideramos que se debe tomar muy en serio
la designación de sus integrantes.
Y con
toda seriedad parecía que se iba a tomar el proceso de selección de tres nuevos
integrantes del Consejo de la Judicatura de Jalisco, que inició el pasado 26 de
abril con la publicación de la correspondiente convocatoria [1] abierta a la
sociedad.
En efecto,
esta convocatoria era muy prometedora. Preveía unas reglas novedosas que, si
bien no derivaban directamente de las reformas a la Constitución y a la Ley
Orgánica del Poder Judicial de Jalisco aprobadas en septiembre y octubre del
año pasado [2], parecían obedecer a la misma motivación expuesta por los
legisladores en su momento: la necesidad de reconstruir la confianza ciudadana
en el Poder Judicial.
Así,
además de estar abierta a la sociedad —lo cual sí está previsto en la
Constitución y Ley Orgánica y sucedió en las dos anteriores convocatorias para
designar a consejeros en 2015 y 2016—, la convocatoria establecía varios y muy
detallados pasos mediante los cuales se evaluaría el perfil y la idoneidad de
los candidatos:
Presentación
por los aspirantes de un programa de trabajo [3] y una justificación de su
idoneidad para el cargo.
Realización
de unas evaluaciones de control de confianza [4] a cargo del Centro Estatal de
Evaluación y Control de Confianza.
Elaboración
de un informe técnico por parte del Comité de Participación Social (CPS) del
Sistema Anticorrupción del estado, construido con base en la evaluación
curricular y de aptitudes de cada aspirante.
Aplicación
de un examen teórico-práctico de conocimientos jurídicos elaborado por cinco
universidades de renombre [5]. Para ser considerados elegibles, los aspirantes
debían acreditarlo con un puntaje mayor a 80.
Desarrollo
de entrevistas por parte de la Comisión de Seguridad y Justicia del Congreso,
durante las cuales el Comité de Participación Social podía realizar preguntas.
Con base
en los requisitos y el resultado de las evaluaciones, la Comisión de Seguridad
y Justicia debía someter al Pleno del Congreso un dictamen con la lista de
candidatos elegibles para el cargo. En ese momento, cada grupo parlamentario
podría proponer al pleno unos candidatos seleccionados dentro de esta lista, y,
finalmente, el Pleno debía elegir a los consejeros por el voto de las dos
terceras partes de sus integrantes.
Además,
la convocatoria preveía varios mecanismos para garantizar la transparencia del
proceso, pues el Congreso debía publicar en su sitio web la lista de
aspirantes, así como las versiones públicas de sus síntesis curriculares y los
resultados de su examen teórico-práctico. También establecía que organismos
privados y de la sociedad civil podían registrarse para ser observadores en la
aplicación y calificación de los exámenes.
¿Mejor,
imposible? En el papel, ningún proceso de designación de consejeros de la
judicatura en México ha delineado un escrutinio tan profundo de los perfiles y
capacidades de los candidatos y con tal nivel de transparencia.
Desgraciadamente,
la realpolitik jalisciense tiró el proceso a la basura.
Con
nocturnidad y alevosía.
El 19 de
junio, los diputados eligieron a tres consejeros de la judicatura sin tomar
en cuenta los resultados del examen teórico-práctico diseñado por las
universidades; sin considerar el informe técnico presentado por el Comité de
Participación Social —en el que quedó plasmado el análisis de los perfiles de los
más de 60 aspirantes— y sin respetar los dictámenes de elegibilidad
originalmente presentados por la Comisión de Seguridad y Justicia del Congreso
[6].
Ese día, en
la opacidad que brinda la madrugada, fueron elegidos Claudia Rivera Maytorena
como consejera jueza, pese a haber obtenido 76.04 puntos en el examen y haber
quedado en el 6° lugar del Informe elaborado por el CPS; Tatiana Esther Anaya
Zúñiga como consejera ciudadana, con una calificación de 78.13, y quien obtuvo
el 5° lugar en el Informe, y Gabhdiel Iván Novia Cruz como consejero ciudadano,
quien obtuvo 76.04 puntos en el examen y quedó en 28° lugar del documento del
CPS.
El viejo
asunto de las cuotas y los cuates.
Desde que se
hizo pública la designación de los consejeros, en varias columnas y artículos
de prensa se ha denunciado que Anaya Zúñiga y Novia Cruz fueron impuestos
por el partido Movimiento Ciudadano (MC) y Rivera Maytorena llegó como cuota
del Partido Acción Nacional (PAN)[7]. Es importante recordar que ambos partidos
son los más representados en el Congreso de Jalisco, pues MC cuenta con el
42.1% de las diputaciones y el PAN con 23.7%.
No se trata
sólo una suspicacia entre los pasillos de la prensa. El propio comunicado de
prensa del Congreso de Jalisco que anuncia la elección de los tres consejeros
precisa que ésta se realizó “a pesar de la inconformidad manifestada por el
presidente de la Comisión de Seguridad y Justicia, el diputado Edgar Enrique
Velázquez González, y de la legisladora Mara Robles Villaseñor, quienes
señalaron que la insistencia del Pleno en avalar un dictamen de candidatos
elegibles, a pesar de los resultados negativos de la mayoría en el examen de
conocimientos, podría generar la percepción de parcialidad y reparto de cuotas.
Ambos llamaron a reponer el proceso, para evitar caer en alguna irregularidad
legal.”
Como queda
patente, el llamado del par de legisladores no fue escuchado. Pero más allá
de ‘lucir mal’ —al demostrar que no son capaces de respetar las reglas que
ellos mismos crearon—, los legisladores hicieron un flaco favor a los flamantes
consejeros de la judicatura y al órgano que integran. Para ellos, será difícil
deshacerse de la sombra de ilegitimidad que pesa sobre sus nombramientos.
Resulta
difícil imaginar que funcionarios conformes con una designación realizada de
manera tan turbia sean ahora los encargados de hacer cumplir la ley y, en
particular, de combatir eficazmente la corrupción al interior del Poder
Judicial. Es un contrasentido. ¿Cómo podrán tener credibilidad a la hora de
seleccionar, evaluar, promover y sancionar a los propios funcionarios
judiciales, toda vez que se sospecha que su designación no fue con base en
criterios meritocráticos, sino discrecionales? ¿Cómo dejar de pensar que, en
algún momento, estos consejeros deberán “devolver el favor” a quien o a quienes
los pusieron dónde están?
Esto es
todavía más preocupante en un estado como Jalisco, cuyo historial de
acusaciones en materia de corrupción [8] y nepotismo [9] al interior de su
órgano judicial debería provocar el fortalecimiento de instituciones que
contribuyan a generar mecanismos de prevención, identificación y sanción de ese
tipo de actos. Y por ende, a reconstruir la confianza ciudadana.
Y la
confianza ciudadana es lo que le urge construir al Poder Judicial del estado.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre
Seguridad Pública (ENVIPE) 2019, el 74.5% de la ciudadanía en Jalisco piensa
que los jueces son corruptos. Este porcentaje posiciona a la entidad en el
tercer lugar a nivel nacional, sólo por debajo de Tlaxcala y la Ciudad de
México en donde los porcentajes llegan al 76.9% y el 82.4%, respectivamente.
FUENTE:
Elaboración propia con base en: Instituto Nacional de Estadística y Geografía
[Inegi]. Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad
Pública (ENVIPE) 2019 [Tabulados].
Reparar el
daño. ¿Evitar que se repita?
Como vemos,
era crucial el proceso de designación de los tres consejeros. Y no parece que
la sociedad se resigne sin más. La Contraloría Interna del Poder Legislativo
de Jalisco ha iniciado un procedimiento de presunta responsabilidad
administrativa en contra de quien resulte responsable por posibles
irregularidades en el proceso. La investigación deriva de tres denuncias
presentadas por parte de una de las aspirantes y por dos organizaciones civiles
—Sigue a Tu Congreso y el Observatorio Permanente del Sistema Anticorrupción—.
Según el propio titular de la Contraloría, una investigación puede durar
alrededor de dos meses y, de encontrarse responsables, las sanciones en contra
de los funcionarios irían desde la suspensión, hasta la inhabilitación y el
cese del cargo.
Por otra
parte, el Comité de Participación Social del Sistema Anticorrupción Estatal
ha presentado un amparo y una carta dirigida a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos. El objetivo de estos recursos, más allá de revertir las
designaciones, es evitar que se repitan.
Para ello también
es necesario contar con leyes que establezcan criterios claros en las
designaciones públicas. Al respecto, se puede mencionar la propuesta de Ley de
Designaciones Públicas que impulsa el Comité de Participación Social.
El debate
no inicia ni acaba en Jalisco. Veamos el panorama a nivel nacional. De los 31
poderes judiciales [10] que cuentan con un Consejo de la Judicatura, en 27
intervienen en su conformación tanto el Ejecutivo como el Legislativo, además
del Judicial. En dos [11], participan solamente el Legislativo y el Judicial,
mientras que en otros dos casos [12] las designaciones le corresponden
exclusivamente al Judicial.
Al ser el
Consejo de la Judicatura un órgano colegiado, es lógico que se busque que se
integre de manera plural. Así, la intervención de los poderes del Estado
externos al Judicial en la designación de los integrantes de los consejos de la
judicatura tiene como finalidad generar un contrapeso en los procesos de
decisión al interior de los poderes judiciales.
Sin embargo,
se debe cuidar que esta intervención en el proceso de designación de los
consejeros no acabe minando su independencia. Para ello, se deben concebir
procesos novedosos, que permitan evitar la discrecionalidad con la que se
realizan actualmente la mayoría de las designaciones, y que establezcan
criterios objetivos respecto del perfil que se debe cubrir para ocupar el
cargo. A nivel nacional, la mayoría de las legislaciones de los estados
solamente establecen que los candidatos deben cumplir con los requisitos para
ser magistrado o juez.
Como lo
demuestra el caso de Jalisco, es factible establecer procesos de designación que
impliquen contar con diversos elementos objetivos de evaluación de los perfiles
y garanticen transparencia y la apertura al escrutinio. Pero eso no basta. Pese
a que el Congreso tuvo la visión de establecer un proceso ejemplar, al último
momento decidió desaprovechar la oportunidad. Valieron más los acuerdos
políticos. Esto es posible porque el detalle de los procesos de designaciones
públicas no suele estar definido en leyes, sino en cada convocatoria a un cargo
especifico. En consecuencia, cada convocatoria para llenar un cargo suele ser
diferente y no necesariamente toma en cuenta los avances de las anteriores.
Es tiempo de
consolidar los procesos de designaciones de los consejeros de la judicatura,
para impedir que los legisladores o los ejecutivos tengan la tentación de
imponer a sus allegados en lugar de escoger a los mejores candidatos. Nuestro
Estado de derecho lo necesita y, como mexicanos, lo merecemos.
Laurence
Pantin (@lpantin) es coordinadora del programa de Transparencia en la Justicia
en México Evalúa y Adriana Aguilar (@adi_aguiarias) es investigadora del mismo.
Las autoras agradecen la colaboración de Alejandra Quezada y las revisiones de
Pablo García.
[2] En las
reformas a la Constitución del 10 de septiembre de 2019 y a la Ley Orgánica del
Poder Judicial de Jalisco del 1 de octubre de 2019, el proceso de designación
de los consejeros no sufrió modificación y, como en la gran mayoría de los
estados, sus detalles no quedaron definidos en estos textos.
[3] Esto
también se solicitó en las convocatorias de 2015 y 2016.
[4]
Comprenden las siguientes evaluaciones: patrimonial y entorno social; médica;
psicométrica y psicológica; poligráfica y toxicológica.
[5] En la
elaboración y evaluación del examen participaron la Universidad de Guadalajara,
la Universidad Panamericana, la Universidad del Valle de Atemajac, el Instituto
Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO) y el Instituto
Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM).
[6] Después
de que el pleno del Congreso rechazara los dictámenes de elegibilidad
presentados por la Comisión de Seguridad y Justicia (para consejera jueza,
consejera ciudadana y consejero ciudadano), ésta tuvo que presentar unos nuevos
(para consejera jueza, consejera ciudadana y consejero ciudadano) , donde se
descartaban los resultados del examen teórico-práctico, bajo el argumento de
que algunas de sus preguntas fueron impugnadas por los aspirantes y que la
reposición del examen en el contexto de la pandemia podría poner en riesgo su
salud de manera injustificada. Esta decisión provocó una fuerte desaprobación
por parte de las universidades que participaron en la elaboración del examen.
[7] Por
citar algunos ejemplos:
Toussaint,
E. (21 de junio de 2020). Fraude. Informador.mx. Recuperado de
https://www.informador.mx/jalisco/Fraude-20200621-0015.html
Herrera, L.
(3 de julio de 2020). Diputados, al banquillo de la CIDH por judicatura.
Reporte Índigo. Recuperado de
https://www.reporteindigo.com/reporte/diputados-al-banquillo-de-la-cidh-por-judicatura-partidos-politicos-amparo/
Aquino, M.
(20 de junio de 2020). Simulan, burlan y ponen cuates en Consejo de la
Judicatura. Mural. Recuperado de https://www.mural.com/simulan-burlan-y-ponen-cuates-en-consejo-de-la-judicatura/gr/ar1970500?md5=bda587643378bde966b133ab7d727feb&ta=0dfdbac11765226904c16cb9ad1b2efe&lcmd5=05a629311b8fd223681775fef1541317
Torres
Espinoza, G. (5 de julio de 2020). Judicatura, ¿a modo? Milenio. Recuperado de
https://www.milenio.com/opinion/gabriel-torres-espinoza/con-pies-de-plomo/judicatura-a-modo
[8]
Investigan a 50 jueces en Jalisco por corrupción. (10 de junio de 2019). El
Informador. Recuperado de https://www.informador.mx/Investigan-a-50-jueces-en-Jalisco-por-corrupcion-l201906100001.html
Herrera,
Luis (7 de julio de 2020). Magistrados eluden vigilancia anticorrupción en
Jalisco. Reporte Índigo. Recuperado de
https://www.reporteindigo.com/reporte/magistrados-eluden-vigilancia-anticorrupcion-en-jalisco-poder-judicial-incumplimiento/
[9] Compton,
Jonathan (25 de febrero 2020). Cuestan 55 mdp parientes en Poder Judicial.
Mural. Recuperado de
https://www.mural.com/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/default.aspx?__rval=1&urlredirect=https://www.mural.com/cuestan-55-mdp-parientes-en-poder-judicial/ar1882290?referer=–7d616165662f3a3a6262623b727a7a7279703b767a783a–
Sánchez,
Laura; Durán V. et.al. (3 de septiembre de 2019). Los virreinatos del Poder
Judicial. Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad. Recuperado de
https://contralacorrupcion.mx/virreinatosdelpoder/
[10] Los
únicos poderes judiciales en México que no cuentan con consejos de la
judicatura como tal son Colima y Zacatecas. También existe una iniciativa
legislativa en Baja California que propone desaparecer el Consejo de la
Judicatura.
[11] Estos
casos son Jalisco y Quintana Roo.
[12] Esos
casos son Morelos y Sinaloa.
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