miércoles, 25 de enero de 2017

Concede SCJN amparo a Pemex y le evita el pago de millonaria multa.

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La Segunda Sala de la Suprema Corte concedió un amparo a Petróleos Mexicanos contra la sanción por 653 millones de pesos que la Comisión Federal de Competencia le impuso por prácticas anticompetitivas.

Lo ministros estimaron que los hechos y actos atribuidos a la paraestatal ocurrieron en 2010, antes de aprobarse la reforma energética de 2013, por lo que no es susceptible del pago.

Pemex fue multada por incurrir en una práctica monopólica relacionada con el transporte, traslado y distribución de combustibles a gasolineras (venta atada), servicio que era exclusivo del sindicato de la paraestatal.

Los ministros advirtieron que antes de la reforma energética de 2013, estas actividades formaban parte de un "monopolio constitucional autorizado", por lo que no eran sancionables por el organismo regulador.

Así lo determinaron al resolver el amparo en revisión 415/2015, en el que se analizó los artículos 25, 27 y 28 constitucionales vigentes al momento de los hechos investigados.

"Pemex era un monopolio constitucional y, por tanto, el único facultado para realizar la exploración, explotación, refinación, almacenamiento, distribución, venta y transporte en dicha área estratégica", dijeron los ministros.

Explicaron que tales disposiciones se modificaron con motivo de la reforma constitucional de 2013, a partir de la cual Pemex se convirtió en una “empresa productiva del Estado”.


Destacaron que ello implica que ya no es monopólica en ciertos sectores, como el de transporte de combustibles, es decir, que el servicio ya no es exclusivo del sindicato y los empresarios pueden contratar el servicio de transporte con particulares y al precio que más les convenga.

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