La Procuraduría General de la
República (PGR) debe abrir los datos sobre el número de sus efectivos que entre
2006 y 2017 se incorporaron a la Agencia de Investigación Criminal (AIC),
desglosado por sexo y rango.
Mediante un
comunicado, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales (Inai) especificó que el comisionado Oscar
Guerra Ford argumentó, al presentar el asunto en el pleno, que proporcionar esa información es
contribuirá a “que la ciudadanía tenga certeza en los datos que son circulados
en el marco del presente periodo electoral y que versan sobre diferentes rubros
como el combate a la delincuencia”.
Esto, a
decir del comisionado, “permitirá
advertir la eficacia con la cual se está llevando la función sustantiva de la
AIC y la protección de los intereses que se le ha encomendado, más, si se
considera que fallecieron, del 2006 al 2017, como contestó el propio sujeto
obligado, 148 elementos”.
En la
presente fase electoral, destacó Guerra Ford, el acceso a la información “es una herramienta que tienen los
ciudadanos para conocer información oficial que les permita decidir su voto de
manera informada”, ya que “puede ocurrir que se difunda en medios de
comunicación, en redes sociales e, incluso por parte de los diversos
candidatos, información que no es obtenida directamente de la institución
responsable ni por algún órgano encargado de llevar la estadística
correspondiente, lo que puede ocasionar desinformación a las personas y a los
posibles votantes”.
Lo anterior,
después de que un particular solicitó a la PGR-AIC conocer el número de
elementos incorporados a la dependencia de 2006 a 2017, por sexo y grado o
rango; el número de elementos que fallecieron en la lucha contra el
narcotráfico en el mismo periodo, igualmente desglosado por sexo, grado o
rango, además de la entidad y especificando la actividad que realizaba cuando
fallecieron.
Respecto al
numeral 1 de la petición, la PGR-AIC
dijo que la información está reservada porque se relaciona con el estado de
fuerza de la Policía Federal Ministerial y que darlo a conocer causaría un
grave perjuicio a las actividades de investigación y persecución de los
delitos.
Sobre el
segundo, la dependencia respondió que
fueron 148 los elementos fallecidos en servicio, pero no cuenta con los datos
para determinar si perecieron en la lucha contra el narcotráfico, ya que su
base de datos no llega a ese grado de desglose.
El particular se inconformó con la
respuesta al primer cuestionamiento, toda vez que, dijo, no solicitó los
nombres ni datos personales de los policías, los cuales por ley no pueden
difundirse.
Lo anterior, aseguró el particular,
indica que la dependencia no lleva un registro claro de algo tan básico como el
número de sus elementos incorporados en el periodo solicitado.
En alegatos, la PGR-AIC reiteró su
respuesta original, es decir, la reserva. Pero el comisionado Guerra Ford consideró en su ponencia que esa reserva no se actualiza porque la
información no corresponde al total de policías ministeriales con los que
cuenta la institución, sino al número de ellos que se han incorporado a la AIC
en un periodo determinado, por lo que no revela el estado de fuerza con el que
cuenta para realizar sus funciones.
Además, expuso que la información solicitada no
implica un desglose de la asignación o ubicación de cada elemento, lo que sí
podría considerarse información reservada.
Por otro
lado, indicó que “no se advirtió de qué
manera pueda verse vulnerada o mermada la capacidad de reacción en el combate a
la delincuencia que realiza el sujeto obligado, toda vez que no se está dando a
conocer ningún protocolo de actuación ni información que se haya generado en el
ejercicio de las acciones de investigación o inteligencia que realiza”.
Finalmente, el Inai hizo notar que los elementos de la
Policía Federal Ministerial trabajan con instrucciones del Ministerio Público
federal, lo que la hace diferente de una función destinada sólo a resguardar la
seguridad pública.
Con base en
la ponencia del comisionado Guerra Ford, el
pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la PGR-AIC e instruyó a la
dependencia que entregue la información en los términos mencionados.
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