Ernesto
Villanueva.
En estos
días, una vez más, la esposa del presidente
Peña Nieto, Angélica Rivera, sus hijas y personal del Estado Mayor Presidencial
fueron captados en París, Francia, degustando en un restaurante. La molestia no
se hizo esperar en la mayor parte de la opinión pública mexicana. No es para
menos.
Cada bocado de esos conspicuos
personajes representa un peso (es un decir) que nos quitan a usted y a mí, con
todo desparpajo. Hay
cuatro temas que han generado un debate artificial que no se han discutido
suficientemente.
El primero
reside en la interrogante: ¿La señora
Rivera y su séquito fueron invadidos en el ámbito de su vida privada al ser
fotografiados en París?
La respuesta legal es no, de ningún
modo, por dos razones: a) Se trata de personas públicas, voluntaria o
involuntariamente, en el caso de las hijas, por la actividad que realizan o por
su relación con quienes llevan a cabo una vida de interés público.
El interés
público no es ni el morbo ni la curiosidad. Significa aquella información que
contribuye a que la sociedad pueda tener información para ejercer derechos y
cumplir obligaciones con el mayor número de datos posible. Es evidente que casi
todo lo que haga la señora Rivera tiene esa connotación de interés público.
Y b) Las fotografías fueron tomadas en un lugar
público, en la calle. Esto, empero, no significa que cualquier persona pierde
el derecho a su vida privada si se encuentra en un lugar público como regla
general.
Cuando se
hacen tomas o close ups a personas sin relevancia mediática y son publicadas
por los medios, así se haga en un lugar de acceso al público, gozan en
principio del derecho a su propia imagen; es decir, un atributo subsidiario del
que corresponde a la vida privada. No es el caso en este evento que ha
levantado polémica.
Segundo. Se ha dicho que la señora Rivera puede
hacer lo que quiera “con su dinero” y no tiene que rendir cuentas de lo que
hace porque no es funcionaria pública. Esto también es falso. De acuerdo
con lo previsto en el artículo 1º de la Convención Interamericana contra la
Corrupción, que forma parte de nuestra Constitución en los términos de los
artículos 1º, segundo párrafo y 133 de la propia Carta Magna, la señora Rivera lleva a cabo una función
pública y, por esa razón, debe rendir cuenta de lo que hace, con mayor razón si
se trata del ejercicio de recursos públicos.
Tercero, no
ha trascendido tanto como los dos primeros, pero habría que llamar la atención sobre el hecho de que los elementos del
Estado Mayor Presidencial tuviesen rasgos occidentales que no se compadecen con
los de la inmensa mayoría de los mexicanos, lo que podría dar lugar a un
eventual caso de discriminación.
¿Cuáles son los criterios bajo los
cuales se eligen los escoltas de la señora Rivera? ¿Es casualidad que estos
hombres de tez blanca y rubia cabellera fueran seleccionados por una cuestión
aleatoria o si hay lugar, por lo menos, a que se piense o se debata que puede
haber un asunto de discriminación?
Y cuarto. No está demás decir que ni en Francia ni
en México los agentes del Estado Mayor Presidencial gozan de atribuciones para
impedir el ejercicio legítimo y legal de la libertad de expresión como fue el
caso. Esto debe traducirse en responsabilidad legal para esos elementos y el afectado debería presentar una denuncia
de hechos en el consulado de México en París, de suerte tal que ese lamentable
incidente no quede como una anécdota más sin consecuencia jurídica alguna.
Debe quedar claro que el tema no sólo
reviste un carácter de ética pública (DE LA CUAL CARECE ESA FAMILIA, CLARO ESTÁ),
sino de responsabilidad legal. Se debe aplicar la ley, aunque en estos casos
nunca se haya hecho, pero es momento de que haya una primera vez.
La señora Rivera debe ser objeto de
una verdadera revisión para confirmar, o descartar en su caso, lo que se
percibe con muchos indicios de que ha llevado una vida de frivolidad con cargo
al erario. Nadie puede limitarle que sea frívola, pero sí que esa conducta la
desarrolle con su propio dinero, no con el de los mexicanos que así parece,
salvo prueba en contrario.
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