Por Arturo Rodríguez García.
Jesús Alberto Guerrero
Rojas, presidente de la Organización Nacional de Responsabilidad del Estado
–asociación civil que representa a las víctimas de actos gubernamentales para
el reclamo de resarcimientos–, se dice sorprendido de que Pemex no haya
reclamado una póliza de 250 millones de dólares a la aseguradora Mapfre, con la
que suscribió un convenio en julio de 2017 para indemnizar a las víctimas de la
explosión de un ducto en Tlahuelilpan. También asegura que ese documento ya no
aparece en ningún portal gubernamental.
Cuatro meses después de la explosión de una toma clandestina
en un ducto de gasolina en Tlahuelilpan, Hidalgo –que provocó 134 muertes,
numerosos heridos y 28 desaparecidos–, Amairany Díaz empezó a tomar conciencia
de su viudez, pues en ese fatídico 18 de enero falleció su esposo Misael
Contreras Pérez.
Misael era tablajero y el sostén de su familia, compuesta por
su esposa y dos pequeños. Sus ingresos eran ingresos modestos y como carecía de
seguridad social, semanas después el
gobierno federal le otorgó a Amairany 15 mil pesos y la inscribió en los
programas de Bienestar.
Las autoridades
federales hicieron lo mismo con otras 162 viudas. Cada una recibió también
ayuda del gobierno estatal para gastos funerarios, sin saber que desde 2017
había una póliza de seguro contratada por Pemex a la empresa española Mapfre
que pudo haberles entregado unos 5 millones de pesos –una suma 333 veces
superior–, según un análisis del contrato de seguro realizado por la
Organización Nacional de Responsabilidad del Estado (ONRE), asociación civil
que representa a víctimas de actos gubernamentales para reclamar
resarcimientos.
La cláusula 2.12.2 del
contrato de la ONRE ya preveía la cobertura de siniestros como el de
Tlahuelilpan a los que se refiere como “actos malintencionados”.
En su “Sección de
responsabilidad civil por actos de terrorismo, daños por huelguistas, conmoción
civil, actos mal intencionados, alborotos populares, vandalismo y sabotaje”
sostiene: “Se entiende (por tales) a la acción realizada por una o varias
personas ajenas al asegurado que obrando ilícitamente perforan (o dañan)
tuberías, ductos o válvulas, mangueras y accesorios por robo o intento de
robo”.
Dentro de ese supuesto
se consideran diferentes criterios de cobertura, que debieron solventarse sin
que el gobierno tuviera que destinar recursos para gastos de emergencia, costos
judiciales, atención médica por lesiones físicas o daños psicológicos, así como
la pérdida neta definitiva.
(Fragmento del reportaje especial publicado en Proceso 2216,
ya en circulación)
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