Martí Batres.
Existe
una iniciativa legislativa, presentada recientemente en el Senado, para
recortar el periodo de dos magistrados electorales federales con el objeto de
que concluyan sus funciones el próximo mes y sus sucesores sean designados por
el Senado.
Se afirma
que así se retomarían los tiempos para los cuales fueron electos originalmente
y que fueron ampliados indebidamente por el Congreso de la Unión un par de años
antes de las elecciones federales del 2018.
El propio
partido Morena impugnó la ampliación de dichos periodos ante la Suprema Corte
de Justicia de la Nación.
En efecto, con
la reforma constitucional de 2007 se estableció el escalonamiento en la
designación de los magistrados electorales.
En 2008
se presentó en el Senado la iniciativa para reformar la Ley Orgánica del Poder
Judicial de la Federación y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación
en Materia Electoral.
Dicha
reforma dispuso en su artículo cuarto transitorio lo siguiente:
“II. A
más tardar el 30 de octubre de 2016, la Cámara de Senadores elegirá a siete
nuevos magistrados electorales de la Sala Superior que iniciarán su mandato el
4 de noviembre de 2016; dos de ellos concluirán su mandato el 31 de octubre de
2019, dos más el 31 de octubre de 2022 y los tres restantes el 31 de octubre de
2025”.
El 20 de
octubre de 2016, el Senado tomó protesta a los 7 Magistrados designados bajo la
temporalidad señalada en el párrafo anterior.
Sin embargo,
el 25 de octubre de 2016, es decir, inmediatamente después, diversas
senadoras y senadores presentaron una iniciativa para reformar el citado
artículo cuarto transitorio con el objeto de ampliar el periodo de los nuevos
magistrados de la siguiente manera:
“a) Los
dos magistrados electos originalmente para el periodo comprendido del 4 de
noviembre de 2016 al 31 de octubre de 2019, durarán en su encargo hasta el 31
de octubre de 2023;
b) Los
dos magistrados electos originalmente para el periodo comprendido del 4 de
noviembre de 2016 al 31 de octubre de 2022, durarán en su encargo hasta el 31
de octubre de 2024”
En
noviembre de 2016 se aprobaron las reformas para establecer los nuevos plazos.
Estas
modificaciones fueron impugnadas por Morena y el PRD a través de acciones de
inconstitucionalidad, para reclamar el respeto a los periodos establecidos
originalmente.
La
Suprema Corte desechó las acciones de inconstitucionalidad y convalidó la
ampliación del periodo de cuatro Magistrados electorales de la Sala Superior,
declarando constitucionales las reformas realizadas.
Ahora, tres
años después, algunos senadores del grupo parlamentario mayoritario han
presentado una iniciativa de reformas para recortar el periodo de los
magistrados y regresar a los plazos originalmente planteados.
En
apariencia, podría parecer justa esta última pretensión. Sin embargo, se pueden
observar varios inconvenientes.
En primer
lugar, la controversia por los periodos de ejercicio de los Magistrados
llegó hasta el máximo tribunal del país y fue resuelta en su momento declarándose
constitucionalidad de la ampliación del plazo.
En segundo
lugar, volver a modificar dichos periodos afecta drásticamente la
certidumbre jurídica pues coloca los nombramientos en una zona de estabilidad
cero. En cualquier momento podrían ser modificados otra vez tales periodos. Si
en su momento fue condenable la ampliación de los periodos ahora sería
condenable también la reducción de los mismos, pues en ambos casos se trata de
decisiones políticas sujetas al capricho y vaivenes de las fuerzas políticas,
sus necesidades inmediatas y los cambios constantes en las correlaciones.
Y tercero, afecta
la credibilidad de la fuerza política mayoritaria estar promoviendo cambios en
las leyes para colocar Magistrados, Ministros o toda clase de servidores públicos,
tratando de incidir en sus decisiones, o para acomodar sus periodos a sus
necesidades políticas.
Por todo
ello, no parece buena idea la reciente iniciativa comentada.
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