Tras el
derrumbe del Colegio Enrique Rébsamen por el sismo del martes 19, donde
perdieron la vida 19 niños y nueve adultos, se evidenciaron las irregularidades
en que operaba esta institución, pues al menos dos de las dependencias
encargadas de verificar la operación y seguridad del edificio –el Instituto de
Verificación Administrativa y la delegación Tlalpan– ya habían registrado
anomalías:
El colegio operó desde su edificación
en 1983 con un permiso de uso de suelo presuntamente apócrifo; uno de los
directores responsables de Obra validó la seguridad del inmueble aun con un
carnet caduco; no se ejecutaron en su totalidad las pruebas de carga; ya
existían dos clausuras por nuevas construcciones sin autorización, y el
Programa Interno de Protección Civil aún no estaba aprobado, entre otras
observaciones.
Con todo, a
una semana de la tragedia son las mismas autoridades las que se deslindan de
cualquier responsabilidad, principalmente de la clausura del colegio o alguna
otra medida, pese a esta serie de señalamientos.
La idea colectiva de que las vidas de
los niños y maestros que perecieron esa tarde pudieron evitarse no se observa
tan absurda.
Esta mañana
la delegada de Tlalpan, Claudia Sheinbaum Pardo, entregó a los medios de
comunicación una carpeta con los documentos que obran en la demarcación. Apro
consultó directamente estos archivos. A continuación, se presentan los datos
encontrados.
Seguridad
estructural
El 26 de
junio de 2014, la entonces directora de Manifestaciones y Licencias de la
delegación Tlalpan, Julieta Cortés Fregoso, solicitó en el oficio
DGODY/DML/2014/1322 a la directora de la escuela y propietaria del predio,
Mónica García Villegas, una evaluación del inmueble, así como una carta
responsiva en la que se constatara el cumplimiento del edificio según el
Reglamento de Construcciones para la capital.
Cortés
Fregoso escribió que “no existía suficiente evidencia teórica o experimental
para juzgar de manera confiable la seguridad de la estructura”, por lo que
además solicitó el resultado de las pruebas de carga aplicadas y las constancias
de los directores responsables de Obras y el corresponsable en Seguridad
Estructural.
La escuela,
que ocupó los terrenos marcados con los números 11 y 19 de la calle Rancho
Tamboreo, en la colonia Nueva Oriental Coapa, delegación Tlalpan, era considerada
por el artículo 139 del Reglamento de Construcciones como una edificación del
tipo A; es decir, que una falla estructural podría constituir un “peligro
significativo”.
Sin importar el riesgo del inmueble,
la respuesta del 17 de julio de 2014 de los directivos del colegio fue la
entrega incompleta del formato AU-17 firmado por el corresponsable de obra, el
ingeniero Francisco Arturo Pérez Rodríguez.
A su vez el ingeniero arquitecto Juan
Mario Velarde Gámez –quien fungió como director responsable de obra— aseguró
que la edificación contaba con todos los quipos y sistemas de seguridad para
situaciones de emergencia. Afirmaciones tras las cuales se emitió una
constancia de la seguridad estructural del inmueble.
Sin embargo,
tres meses después, y sin dar más
motivos de ello, el 17 de septiembre de ese año, la directora de
Manifestaciones y Licencias insistió en una nueva entrega de documentos con los
que se diera certeza de la seguridad del edificio escolar.
Cortés
Fregoso sólo indicó en el oficio DGODU/DML/2014 que los archivos entregados en
julio no estaban completos, pues no existía referencia a la manifestación de
construcción, a la cantidad de sótanos y algunos otros detalles del inmueble.
Nuevamente, el cuerpo directivo respondió el 22 de
septiembre de 2014 que la edificación ya había sido inspeccionada sin encontrar
daños estructurales o reparaciones. En conclusión, sostuvo, “no existen
defectos en la calidad de los materiales ni en la ejecución de la obra. El
sistema estructural es el idónea para resistir las fuerzas estáticas y
sísmicas”.
Por esta misma razón el director de
Obras no repitió las pruebas de carga en el edificio.
El dictamen estuvo firmado otra vez
por Mario Velarde Gámez, quien según consta en la copia de su registro ante la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) tenía licencia para operar
de esa forma hasta el 31 de julio de ese año, es decir su permiso de director
responsable ya estaba vencido. Sin embargo, el documento se entregó con una
validación por cinco años.
En esa
materia no existe copia de alguna respuesta u observación de la delegación,
tampoco algún otro documento de seguimiento. Claudia Sheinbaum recalcó que la autorización fue en la administración
del perredista Héctor Hugo Hernández Rodríguez. Así, de no ser por el
movimiento telúrico del 19 de septiembre, el Colegio Enrique Répsamen aún
estaría calificado como “seguro”.
Uso de suelo.
Uno de los documentos clave en la
investigación del derrumbe del inmueble es el documento referente al uso de
suelo, mismo que a la fecha no se encuentra en ninguna dependencia.
En la información proporcionada por
la delegación sólo costa una licencia de construcción fechada en octubre de
1983 y en marzo de 1984. En los documentos se constata el permiso de la
delegación para la construcción de un jardín de niños y dos departamentos en 2
mil m2. También de la edificación de oficinas y un salón de juegos. Esto según
el uso de suelo 1372 del 1 de junio de 1983 del que no se anexa copia.
La versión del titular del Invea,
Meyer Klip Gervitz, es que el documento podría ser falso.
En la rueda
de prensa que ofreció hoy, la funcionaria detalló que el 29 de septiembre de
2016, a solicitud de una queja de vecinos, se llevó a cabo una visita de
verificación en el inmueble, pues supuestamente el predio ubicado en Rancho
Tamboreo 19 no contaba con el uso de suelo requerido para albergar ahí una
escuela.
El único documento que entregó Mónica
García Villegas fue una constancia de uso de suelo fechado en 1993, mismo que
el Invea envió a la Secretaría de Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
(Seduvi).
Esta última respondió que dicha
constancia no se radica en sus archivos, acción tras la cual el Instituto de
Verificación Administrativa interpuso una demanda penal ante la Procuraduría
local (PGJ-CMDX) por la falsedad del documento, conminó a la directora del
colegio a obtener un certificado de uso de suelo vigente que amparara el uso de
suelo utilizado, e impuso una multa de 107 mil 448 pesos.
La repuesta de la institución
educativa fue un amparo de nulidad presentado ante el Tribunal de los
Contencioso Administrativo de la Ciudad, cuya resolución favorable emitió un
magistrado en enero de este año, dejando sin acción legal las medidas tomadas
por el Invea, narró Klip Gervitz.
En este
punto, el funcionario fue cuestionado sobre la facultad de la dependencia para
imponer una sanción más grande. A ello respondió que debido a que las escuelas
son consideradas en el artículo 35 de la Ley de Establecimientos Mercantiles
como un “giro de bajo impacto”, únicamente se llevó a cabo una advertencia para
que presentara el documento correspondiente.
“Un magistrado emitió la resolución
en la que le dio la nulidad o la suspensión del acto a la verificación del
Invea, con lo que evitó que se implementaran las medidas recomendadas. Nosotros
únicamente verificamos por uso de suelo, que es la facultad que tenemos”, justificó.
En marzo pasado, el Instituto a su
vez impugnó la resolución del magistrado, del que no se dio su nombre ni alguna
otra referencia. Antes del derrumbe ocurrido el martes pasado, el juicio seguía
su proceso y la escuela operando con un uso de suelo presuntamente apócrifo.
Sin embargo,
enfatizó Klip Gervitz, el proceso sólo
operó para el predio del número 19, pues la denuncia ciudadana de 2016
únicamente fue de esa área.
Con todo, ninguna de las dependencias da razón de por
qué una obra tan cuestionada pudo albergar un kínder, primaria y secundaria sin
ninguna sanción.
Las investigaciones continúan y ahora
se espera un dictamen del Colegio de Ingenieros Civiles de México, a petición
de la delegada. El análisis podría dar luz de si la
principal responsabilidad recaería en los directores responsable de Obras y el
corresponsable en Seguridad Estructural –certificados por la Seduvi–, al avalar
una construcción que no cumplía con los requerimientos de ley.
Por cierto,
la Seduvi es la única institución que a la fecha no ha dado una versión oficial
sobre el caso.
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