Por Jesusa
Cervantes.
Por
mayoría de votos (420 a favor), la Cámara de Diputados aprobó en lo general la
nueva Ley Nacional de Extinción de Dominio, que hará más ágil el decomiso de
bienes del crimen organizado o de funcionarios corruptos.
Sólo 10
diputados se manifestaron en contra: nueve del Partido de la Revolución
Democrática (PRD) y uno de Encuentro Social (PES), aunque el Revolucionario
Institucional (PRI), con ocho abstenciones, manifestó su preocupación de que
dicha ley “sea usada como caja chica del Ejecutivo federal”, “con fines
políticos o para causar daño al patrimonio de personas inocentes, o bien para
la instauración de un Estado policial”, e incluso “como instrumento de censura
a las voces opositoras al gobierno”.
El Partido
Acción Nacional (PAN), principal opositor de Morena, que cuenta con 78
legisladores, dio su respaldo a la propuesta, luego de señalar que la actual
ley, expedida hace 10 años, ha puesto de manifiesto su ineficacia y pocas han
sido las sentencias favorables para la recuperación de bienes.
Entre los
beneficios de la nueva norma, la panista Lizbeth Mata Lozano destacó la
unificación de la legislación en todo el país, la naturaleza autónoma de todo
el procedimiento y la adquisición de bienes, pero sobre todo que no genera
derechos.
Además, sostuvo,
se garantiza la audiencia de quienes se ostenten como propietarios, es decir,
pueden pelear que no se les quiten sus bienes, mientras que la ley también
aplica para los herederos de quienes cometieron un ilícito.
La
propuesta de ley –abundó– “fortalece la obligación de transparencia”.
El PAN,
sostuvo Mata Lozano, votará a favor porque está convencido de que deben
atacarse las estructuras de la delincuencia organizada.
La Ley
Nacional de Extinción de Dominio, es una figura a favor del Estado. Se trata de decomisar
los bienes al crimen organizado y por otros delitos –como los derivados de
actos de corrupción–, y se utilizarán para la reparación del daño de las
víctimas y programas sociales, entre otros.
Según la
iniciativa aprobada, la extinción de dominio es “la pérdida de los derechos
que tenga una persona en relación con los bienes, declarada por sentencia de
una autoridad judicial, y no conlleva una contraprestación ni compensación”.
Los
bienes susceptibles de extinción de dominio son aquellos que sean producto o
instrumento de un hecho ilícito o estén destinados a cometerlos.
Los
delitos por los cuales se puede aplicar la ley son: corrupción, encubrimiento,
los perpetrados por servidores públicos, robo de vehículos, recursos de
procedencia ilícita, extorsión, trata de personas, secuestro, delincuencia
organizada, contra la salud y robo de hidrocarburos.
En esta
nueva ley, la extinción de dominio es “imprescriptible en el caso de bienes
de origen ilícito”, en tanto que aquellos bienes que se utilizaron para cometer
un delito prescribirán en 20 años. Y si quien cometió el delito muere, la
extinción de dominio seguirá “aún contra los herederos”.
En el
proceso judicial y administrativo para dar curso a la extinción de dominio
participará la Fiscalía General de la República, las entidades federativas, la
Presidencia de la República, el Instituto de Administración de Bienes y
Activos, el demandado y los posibles afectados por la extinción.
El
destino de los bienes,
según la nueva ley, serán los que determine el Gabinete Social de la
Presidencia, “principalmente” para la provisión de servicios públicos (agua,
carreteras, etcétera), programas sociales y para políticas prioritarias (como
las de seguridad).
En el
caso de “los recursos, productos, rendimientos, frutos y accesorios derivados”
(por ejemplo, si es dinero y se deposita en una cuenta, los rendimientos que
genere; si es un rancho, el producto que se venda), se destinarán primero para
el pago de gastos de administración, luego para la “reparación del daño a las
víctimas del delito, después para la ejecución de programas sociales”, y al
último para el fortalecimiento de instituciones de seguridad pública y
procuración de justicia.
El
Gabinete Social de la Presidencia, que decidirá los servicios públicos,
programas sociales y qué políticas se destinarán a los bienes que no generen
rendimientos (sea dinero o especie), estará integrado por el Ejecutivo federal
y los titulares de las secretarías de Bienestar (que será la cabeza de la
Secretaría Ejecutiva), Gobernación, Hacienda y Crédito Público (SHCP),
Educación Pública (SEP) y Salud, así como el ISSSTE, DIF e IMSS, además de la
Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic).
La ley también
contempla un fondo de reserva que se destinará al pago del presunto delincuente
cuando no se le compruebe el ilícito. Asimismo, establece como fondo de reserva
el pago de restituciones derivadas de una sentencia en firme favorable al
demandado. “El monto del fondo será de al menos 10% para bienes en proceso de
extinción o de al menos 30% para bienes extintos”.
Y, a pesar
de que se haya comprobado el ilícito y haya una sentencia en firme, si el
gobierno no inicia el proceso judicial de extinción de dominio en un plazo de
10 años, caducará su derecho al reclamo.
El PRI se
manifestó en contra de que la ley permita que el Ministerio Público realice el
aseguramiento de propiedades o cuentas bancarias en forma “preventiva, incluso
cuando aún no se haya planteado la petición de inicio de juicio de extinción”.
También señaló
que no hay claridad en la salvaguarda de los derechos de “terceros involucrados
de buena fe”.
“Nos
preocupa la carga de la prueba sobre el ciudadano para probar su buena fe, y no
cuando estamos hablando de criminales, sino de terceros venidos a estos juicios
cuando no han tenido nada que ver en la comisión de ilícitos”, planteó la priista Mariana Rodríguez
Mier y Terán.
En su
oportunidad, el diputado de Morena, Rubén Cayetano García, que expresó su
apoyo, dijo desde tribuna:
“Que se
escuche bien: a partir de ahora los delincuentes de cuello blanco y de las
redes delictivas no conservarán los bienes que acumularon de manera ilícita.
Ahora perderán todos los derechos sin contraprestación ni compensación alguna,
y los bienes pasarán al Estado y serán utilizados para restituir a la sociedad
parte del bienestar perdido por la comisión de delitos. El usufructo va a
destinarse a programas sociales y otras políticas prioritarias, así como a
funciones del servicio público en favor de la gente. Nunca para gasto corriente
ni para salario de los funcionarios”.
Remató: “Es
momento de terminar con la situación que las administraciones pasadas
propiciaron y que afectó gravemente a las y los mexicanos”.
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