Dolia
Estévez.
Víctor
Alberto Barreras Castro, nombrado cónsul en Las Vegas por el Gobierno de López
Obrador (SRE Comunicado 20/09/2019), fue detenido el 6 de mayo de 2011, luego
de que el juzgado cuarto de primera instancia de lo penal de Ciudad Obregón,
Sonora, girara orden de aprehensión en su contra por el delito de estupro
(relaciones sexuales con menores de edad), de acuerdo con el expediente número
141/2011 que obra en mi poder. La víctima de Barreras, cuyo nombre me voy a
reservar para proteger su privacidad, tenía 14 años; él 24 años. Barreras quedó
libre tras el pago de fianza.
En
Estados Unidos, donde el ex Vicepresidente interino de Morena en Cajeme
pretende ser cónsul, el estupro es un delito penal grave. Conocido como
“statutory rape” (violación tipificada), ha sido condenado por el movimiento Me
Too. En meses recientes, ese tipo de delito sexual acaparó titulares en torno
al escándalo del millonario Jeffrey Epstein quien fue acusado de dirigir una
extensa red clandestina de sexo con menores. Epstein se suicidó en prisión.
La
denuncia contra Barreras, interpuesta por la madre ante el juez Octavio
Castrejón Martínez, consta de declaraciones testimoniales de la querellante, el
padre y la tía-madrina de la víctima, y de la madre del inculpado, así como
dictámenes de ginecología practicado por dos peritos que concluyeron que el himen
de la menor había sido desgarrado y otro de psicología que da cuenta de
secuelas emocionales a consecuencia de la “agresión sexual”.
El
inculpado se reservó el derecho a declarar ante el juzgado indicando que lo
haría posteriormente por escrito. Sin embargo, en su declaración testimonial,
Olivia Castro Pérez, madre del acusado, dijo que el 12 de enero de 2011, cinco
días después de la agresión sexual, “su hijo le confesó” que tuvo relaciones
con la menor en el domicilio de la casa que tienen en Pueblo Yaqui.
La
víctima era alumna de Barreras en la escuela Secundaria Técnica #56 de Ciudad
Obregón donde ella estudiaba segundo año de secundaria y él daba clases de
inglés como profesor suplente. Barreras la sedujo diciéndole que la quería, que
le gustaba mucho, que cuando fuera mayor iba pedir permiso a sus padres para
ser novios y que el sexo era para conocerse mejor. La agredida declaró que
Barreras le enviaba mensajes con “palabras obscenas” y que poco a poco fue
“metiéndole curiosidad para saber como se sentía tener relaciones sexuales”.
Manifestó
que Barreras le dijo que no se preocupara por el embarazo o enfermedades,
“porque él se había asegurado de que con las que había andado se había
encargado de quitarles lo virgen porque ya había andado con muchas de su edad”.
Es decir, la confesión de Barreras de que ella no era su primera víctima da
fuerza a versiones no confirmadas de que hay más.
La menor
declaró ante la autoridad judicial que el 7 de enero de 2011, Barreras la
recogió en su auto en el lugar acostumbrado (una gasolinera) y que sin decirle
a dónde iban la llevó a la casa de su madre en Pueblo Yaqui donde la “penetró
con su pene en su vagina”. Usó condón. Añadió que tuvo relaciones sexuales con
él porque la “convenció y le gusta y lo quiere”.
Concluido el
acto, Barreras le pidió que “no fuera a decir nada a nadie ni tampoco de que
andaba con él porque iba a arruinar su carrera y su vida, que lo iban a meter a
la cárcel y que a los hombres que andaban con más ‘chiquitas’ abusaban de ellos
en la cárcel”. La víctima dijo que, de regreso a Obregón, Barreras se detuvo en
un puesto de “coyotas” en la carretera, le compró “coyotas” y pan, y la llevó a
la escuela.
Con base
en los testimonios, los dictamines de peritos y la inspección ocular y fe
ministerial del lugar de los hechos, el juzgado acreditó fehacientemente los
requisitos probatorios del cuerpo del delito incurrido por el inculpado:
conducta de acción consistente en tener cópula, cópula con una mujer menor de
18 años y seducción destinada a vencer su resistencia psíquica o moral para
obtener la cópula con la víctima.
El
Artículo 215 del Código Penal del Estado de Sonora establece que comete delito
de estupro el que tiene relaciones sexuales con persona mayor de 12 y menor de
18 años, obteniendo su consentimiento por medio de la seducción o cualquier
tipo de engaño. En el caso de Barreras, el juzgado estableció que “aun cuando
haya dado consentimiento la ofendida para la realización de la cópula, esa
voluntad o consentimiento estaban viciadas por la propia edad de la misma”.
La
demanda contra Barreras terminó en sobreseimiento. Los padres aceptaron el pago
de reparación de daños por un monto desconocido. Sin embargo, de acuerdo con
especialistas consultados, el arreglo no exime a Barreras del delito de estupro
que acreditó el juzgado. Sólo significa que se salvó de cumplir una condena de
dos a cuatro años de prisión.
La semana
pasada, pregunté a Roberto Velasco Álvarez, vocero de la Cancillería, si
habían investigado la acusación de estupro contra Barreras. “Seguramente sí”,
me respondió, pero pidió le diera tiempo para verificarlo. “Viniendo de ti me
lo estoy tomando con una seriedad absoluta. Estamos haciendo una búsqueda
exhaustiva. Tengo a todo mundo checándolo.”
Ayer lunes me
dijo que no pudieron encontrar nada pagando las búsquedas en el sitio Búho
Legal relacionadas al número de expediente 141/2011 que le proporcioné.
Descartó de “puras grillas” las menciones en Facebook. “No tiene ningún
antecedente penal ni en Sonora, ni a nivel federal”. A manera de prueba me
envió dos “constancias”. La primera del Departamento de Dactiloscopia e
Identificación del estado de Sonora, curiosamente fechada 23 de octubre de
2019, el día de mi consulta, y la segunda de la Secretaría de Seguridad y
Protección Ciudadana, fechada 24 de octubre.
Ambos
documentos son incompatibles con dos hechos irrefutables: el arresto de
Barreras el 6 de mayo de 2011, ocasión en que se le tomaron huellas dactilares,
y la acreditación de delito penal del juzgado. ¿Borraron su ficha de
dactiloscopia?
Marcelo
Ebrard escogió a un depravado sexual para cónsul en la llamada “Ciudad del
Pecado” (Sin City), no por su perfil profesional o por su decencia, sino por
ser protegido de Alfonso Durazo, Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana
(SSPC). En febrero, Durazo lo nombró director general de la “Unidad de
Políticas y Estrategias para la Construcción de la Paz” de la SSPC, dependencia
que hoy le gira constancia de buena conducta.
Los
antecedentes de Barreras hacen palidecer el caso del priista Efrén Leyva. Jesús
Seade me dijo que su designación como cónsul en San Bernardino fue revocada
luego de que esta columna documentara denuncias de su “comportamiento
beligerante” contra el personal bajo su mando y contra profesionales
estadounidenses cuando Leyva fue cónsul en Albuquerque (Sin Embargo
01/10/2019). Dos nombramientos fallidos no constituyen un patrón, pero sí
envían una preocupante, por no decir alarmante, señal.
Si la
Cancillería insiste en perpetuar el corrupto sistema clientelar de saldar
cuentas partidistas con cargos diplomáticos, lo menos que puede hacer es
investigar competentemente los antecedentes de los seleccionados antes de ser
nombrados y no cuando pregunta una periodista. Por su propia admisión y
confesión ante su madre, Barreras es un estuprador. Está inhabilitado para ser
cónsul.
Su
nombramiento debe ser anulado de inmediato si Marcelo Ebrard quiere evitarse un
escándalo cuando el movimiento Me Too y la prensa estadounidense se enteren de
que el gobierno de la Cuarta Transformación envió de cónsul a un estuprador. Su
caso es indefendible. México no merece ser representado en ningún lugar del
mundo por un agresor sexual de menores.
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