La Comisión Nacional Bancaria y de
Valores (CNBV) deberá dar a conocer la orden de visita de investigación a las
instalaciones del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros (Bansefi)
que realizó el 16 de noviembre de 2017, tras los sismos de septiembre.
Así lo
instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales (INAI), en
referencia a las irregularidades reportadas en la distribución de los recursos
destinados a las víctimas de los sismos ocurridos en septiembre del año pasado,
que causaron el fallecimiento de 471 personas, afectaron a más de 12 millones
de mexicanos, y ocasionaron daños en más de 180 mil viviendas, de las cuales al
menos 50 mil sufrieron una pérdida total.
Al presentar
el asunto ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez explicó que “una vez atendida la contingencia, los
gobiernos canalizaron ayuda económica a la población damnificada. La primera
fuente de éstas es el Fondo de Desastres Naturales (Fonden). Parte de sus
recursos se distribuyó, a través de Bansefi, a las personas cuyas viviendas
habían sido dañadas conforme a los datos del censo realizado por la Secretaría
de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU). Estos recursos sumaron
773.7 millones de pesos”.
Salas Suárez
recordó que fue el propio director del
Bansefi, quien presentó una denuncia ante la Procuraduría General de la
República, por la presunta clonación de tarjetas que el banco entregaría con
recursos económicos a 114 mil damnificados.
“Este caso revela la importancia de
la transparencia y el acceso a la información pública para dar certeza sobre la
administración de los recursos públicos destinados a la reconstrucción. Voces
de expertos y del INAI han señalado esta importancia”, remarcó.
En respuesta
a la particular que solicitó ese documento, el sujeto obligado indicó que se encontraba reservado, por
estar relacionado con un proceso de investigación.
Manifestó que su Comité de
Transparencia confirmó la clasificación por un periodo de 5 años, y que en el
acta correspondiente se encuentra la prueba de daño y, en este sentido, refirió
el vínculo electrónico para consultarla.
Inconforme,
la particular interpuso recurso de revisión ante el INAI. En alegatos, la CNBV
reiteró su respuesta original.
En el
análisis del caso, la ponencia expuso lo siguiente:
– El Acta de
Inicio de la Investigación se emitió el 16 de noviembre de 2017.
– La
solicitud de acceso fue presentada el 30 de noviembre de 2017.
– El Acta de
Conclusión de la Investigación se emitió el 18 de diciembre de 2017.
– El Acta
del Comité de Transparencia mediante la cual se confirmó la clasificación se
emitió el 11 de enero de 2018.
– La
respuesta al particular se emitió el 15 de enero de 2018.
En este
contexto, se expuso que las visitas de investigación se efectúan siempre que la
Comisión tenga indicios de alguna conducta que presuntamente contravenga las
leyes que rigen a las Entidades Supervisadas o Personas y demás disposiciones
aplicables.
En ese
sentido, las visitas de inspección se ordenan mediante oficio suscrito por el
servidor público de la Comisión facultado para ello, y se notifican al menos
con dos días hábiles de anticipación a la fecha en que ésta deba realizarse,
cuando se trate de visitas ordinarias y especiales. En el caso de visitas de
investigación, incluso se puede notificar en el acto de inicio de la misma.
En este
contexto, se tiene que, a la fecha de la solicitud del particular, la orden de
visita peticionada ya había sido notificada a Bansefi, e incluso, el acta de
inicio de la investigación ya había sido emitida.
Es decir, se apuntó, a la fecha de la solicitud, la
parte investigada ya conocía del proceso en su contra, y ya tenía conocimiento
del motivo de la misma.
Por ello,
dado que el objeto de la investigación, establecido en la orden de visita, ya
era de conocimiento de la parte investigada, es que, en el caso concreto, no se
advierte que la difusión de lo solicitado pudiera impedir u obstaculizar las
actividades de inspección, supervisión o vigilancia que lleva a cabo la
autoridad en el procedimiento de verificación del cumplimiento de las leyes.
Además, se
señaló, de conformidad con lo dispuesto en las leyes aplicables, el personal de
la entidad supervisada o la persona visitada está obligada a permitir a los
inspectores el acceso inmediato al lugar o lugares objeto de la visita, a sus
oficinas, locales y demás instalaciones, incluyendo el acceso irrestricto a la documentación
y demás fuentes de información que éstos estimen necesaria para el cumplimiento
de sus funciones.
Ello,
respecto a, de manera enunciativa mas no limitativa, la información general o
específica contenida en informes, registros, libros de actas, auxiliares,
correspondencia, sistemas automatizados de procesamiento y conservación de
datos, incluyendo cualesquiera otros procedimientos técnicos establecidos para
ese objeto, ya sean archivos magnéticos o documentos microfilmados,
digitalizados o grabados, y procedimientos ópticos para su consulta o de
cualquier otra naturaleza.
En este
sentido, indicó la ponencia, la institución bancaria que se encuentre en
investigación no podría hacer caso omiso de la obligación de entregar
información necesaria para la emisión de observaciones o bien, conducirse con
falsedad. Bansefi ya conocía de la orden de visita, e incluso del Acta de
Inicio de Investigación.
Por lo anterior, a propuesta del
comisionado Joel Salas Suárez, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores y le instruyó a entregar la
información, en los términos referidos.
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