La organización civil Mexicanos
Primero violó la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales al
comprar tiempo en televisión para la difusión de un spot que pudo influir en
las preferencias electorales, resolvió la Sala Regional Especializada del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF); sin embargo,
solo le hizo una amonestación pública.
Se trata del spot que la organización
fundada por el empresario Claudio X. González difundió en televisión abierta y
cines -del 27 de abril hasta el 4 de mayo- titulado “¿Y si los niños fueran
candidatos?”, con el que pedía el voto en favor del presidenciable “que apoye
la transformación educativa”.
En un
documento de escasos tres renglones, la Sala Regional Especializada resolvió que, contrario a lo que Mexicanos
Primero calificó de un “ejercicio de libertad de expresión”, el spot sí
contiene propaganda electoral porque tuvo la intención de influir en las
preferencias electorales de la ciudadanía.
Además, según determinó la misma instancia, el
mensaje también violó el interés superior de la niñez, al hacer uso de la
imagen de cinco menores de edad para este fin.
Pese a la violación a la normatividad
electoral, la Sala Regional determinó que, tanto Mexicanos Primero, como las
concesionarias Televisa y Cinépolis de México -a las que la organización pagó
para publicitar el mensaje y de las que también es cercano el empresario
González Laporte- únicamente recibirían una “amonestación pública”.
De esta
manera, la autoridad electoral libró a
la organización y a las empresas concesionarias de otras sanciones económicas o
administrativas, que también señala el artículo 456 de la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
Es más, la amonestación pública quedó
consumada con la publicación de la resolución que dio a conocer esta tarde el
(TEPJF).
El artículo
41 de la Constitución asegura que “ninguna
otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros,
podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las
preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos
políticos o de candidatos a cargos de elección popular. Queda prohibida la
transmisión en territorio nacional de este tipo de mensajes contratados en el
extranjero”.
El pasado 2
de mayo, el representante de Morena ante el Instituto Nacional Electoral (INE),
Horacio Duarte Duarte, impugnó ante dicho Tribunal el spot de Mexicanos
Primero, luego de denunciar que la difusión del mensaje representaba una
permisión de actores privados de inmiscuirse en el proceso electoral.
También acusó
que era contra el candidato puntero en las encuestas, Andrés Manuel López
Obrador, porque éste era el único que se había pronunciado contra la reforma
educativa, misma que Mexicanos Primero identifica como “transformación
educativa”.
Además,
desde finales de 2017, González Laporte emitió una serie de pronunciamientos
contra el candidato presidencial de la coalición “Juntos Haremos Historia”.
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