Georgina
Morett.
Ante la
reiterada pregunta de qué pasará con la zona donde se construye el Nuevo
Aeropuerto Internacional de México (NAIM) en Texcoco, sólo podemos decirles que
la respuesta es bastante simple, ya que
se encuentra en la condicionante 20 de la Manifestación de Impacto Ambiental.
Esta señala que se debe notificar a
la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) “el abandono del
sitio con tres meses de antelación cuando todas aquellas instalaciones del
proyecto rebasen su vida útil, y en el supuesto de que no existan posibilidades
para su renovación se procederá al desmantelamiento y/o demolición de esta,
destinando el área al uso de suelo que prevalezca en el momento de la
rehabilitación. Para
ello presentará ante DGIRA, para su
aprobación, un programa de restauración ecológica en el que describa las
actividades tendientes a la restauración del sitio y a la demolición, retiro
y/o uso alternativo de las construcciones llevadas a cabo, así como la caracterización
de los suelos en todas las áreas del proyecto, para constatar que no se dejarán
pasivos ambientales, suelos contaminados por residuos sólidos y líquidos; lo
anterior aplicará de igual forma en caso de que el promovente desista de la
ejecución del proyecto”.
Es decir, el futuro gobierno debería pedirle al
actual que dé aviso a la DGIRA, ya que aunque sigan trabajando en el aeropuerto
de Texcoco hasta el 30 de noviembre, a TODOS nos quedó más que claro que el
proyecto ya está cancelado.
Y de acuerdo con la manifestación
ambiental tendrá que regresar el lago de Texcoco en los 4 mil 400 kilómetros en
que se planteaba construir el aeropuerto, finalmente, si
se cumple con la ley no hay más dudas ya que está claro el destino de estos
terrenos.
Por cierto, hay una declaración que parece muy poco
real, el presidente electo Andrés Manuel López Obrador señaló que “el gobierno
que está por iniciar su mandato es para todos, no para un grupo, no a va a ser
un gobierno al servicio de una minoría, va a prevalecer el interés general, les
guste o no les guste”.
Podemos
entender que en muchas decisiones los ciudadanos estaremos o no a favor, pero
la pregunta ante esta aseveración es: ¿qué consideramos el interés general?
Porque en un ejercicio elaborado sin ninguna metodología, al menos conocida,
con representantes de casilla que no sabemos de dónde salieron, urnas que nunca
supimos dónde fueron resguardadas en la noche, con un conteo que se llevó a
cabo sin ningún tipo de escrutinio y en el que sólo votó el 1.1 por ciento de
los ciudadanos inscritos en el padrón electoral, no vemos el interés general.
¿De verdad 1 de cada 10 mexicanos representan el interés general? Yo lo veo
difícil.
Y en todo este escenario ya está el
primer amparo contra la consulta sobre el Nuevo Aeropuerto, al dictar sentencia
en el juicio de amparo 1083/2018, el Juez Cuarto de Distrito en Materia
Administrativa en la Ciudad de México, Juan Pablo Gómez Fierro, determinó que
en el sistema constitucional no existe facultad alguna concedida al Presidente
electo, razón por la cual su actuar no deriva del ejercicio formal del poder
del Estado y, por ende, no puede estimarse formalmente como una autoridad
estatal.
Sus actos
son extrajurídicos y la consulta no será el acto que determine la continuación
de la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de México, sino que lo
será la decisión que adopte el Presidente electo una vez que tome posesión de
su encargo el 1 de diciembre de 2018.
O sea, a
hacerse cargo de sus decisiones.
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