Por Álvaro
Delgado.
Pese a que lo prohíbe la Constitución
y la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos –actualmente suspendida
en la Corte–, el empresario Alfonso Romo Garza, jefe de la Oficina de la
Presidencia, gana 41 mil pesos más al mes que el presidente Andrés Manuel López
Obrador.
En efecto, mientras que López Obrador tiene “ingresos
mensuales netos” de 108 mil 744 pesos por su cargo, Romo Garza percibe 149 mil
893 mil pesos también de “ingresos mensuales netos”, según su declaración
patrimonial, que es pública en el sitio de internet servidorespublicos.gob.mx.
Así, el presidente de la República gana 41 mil
149 pesos menos que el jefe de la Oficina es de Presidencia, lo que va en
contra de la Constitución y la ley que establecen que ningún servidor público
debe tener un ingreso mayor al mandatario mexicano.
En su
declaración patrimonial, Romo Garza
incluyó “otros” ingresos por un millón 393 mil 384 al mes, para un total de un
millón 543 mil 277 pesos en el mismo lapso.
De acuerdo
con la relación de bienes del funcionario, es
propietario de dos terrenos de 8 mil metros cuadrados de extensión entre ambos,
localizados en Monterrey, Nuevo León, de una camioneta Land Rover 2017 y poco
más de 5 millones y medio de pesos en cuentas bancarias, en pesos y dólares.
Según su
declaración de bienes, que presentó el 16 de enero, Romo tiene una cuenta de 3 millones 505 mil 686 pesos, otra con saldo
de un millón 432,770 pesos, una tercera con 60 mil 24 pesos, y la cuarta con
saldo de 35 mil 561 dólares estadunidenses, equivalentes a 675 mil 659 pesos al
tipo de cambio de 19 pesos por dólar.
Uno de los
terrenos, en Monterrey, mide 3 mil 310 metros cuadrados, que compró en 1994, y
el otro, tiene casi 5 mil metros cuadrados de extensión, también en esa ciudad,
y lo compró en 2007.
https://es.scribd.com/document/398596606/Declaracion-patrimonial-de-Alfonso-Romo
Ley
“congelada”
Este
miércoles, la Suprema Corte de Justicia
de la Nación (SCJN) ordenó mantener la suspensión de la Ley Federal de
Remuneraciones de los Servidores Públicos, concedida por el ministro Alberto
Pérez Dayán desde diciembre del año pasado.
Por mayoría de votos, la Segunda Sala
del máximo tribunal de justicia del país desechó el proyecto que presentó el
ministro Javier Laynez Potisek, donde proponía revocar dicha suspensión.
El recurso de reclamación tramitado
por la Cámara de Senadores en contra de la suspensión será turnado a otro
integrante de la Segunda Sala, a quien corresponderá realizar un nuevo proyecto
de resolución.
Hasta
entonces, la suspensión solicitada en la
acción de inconstitucionalidad 108/2018, presentada por una minoría de
senadores del PRI, PAN, PRD, MC y un senador independiente, permanece vigente.
El pasado 7
de diciembre, la SCJN suspendió la
aplicación de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, que
señala que ningún funcionario debe ganar más de los 108 mil pesos que recibe al
mes el presidente de la República.
En aquella ocasión, al admitir a
trámite la acción de inconstitucionalidad interpuesta por senadores de oposición,
el ministro Pérez Dayán expuso que dicha suspensión no impide a la Cámara de
Diputados subir o bajar los sueldos como lo considere, pero sí le prohíbe
utilizar la ley –impulsada por Morena– para asignarlos.
Diez años de
“antigüedad”
El 22 de julio de 2009, la denominada
en ese entonces reforma de salarios máximos, que impide a los funcionarios de
cualquier poder y nivel de gobierno ganar más que el presidente de la
República, alcanzó rango constitucional.
Dicha ley fijaba topes a los salarios
de los servidores públicos y establecía sanciones penales y administrativas a
toda contravención a las nuevas disposiciones
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