jueves, 25 de junio de 2020

TEPJF ordena al INE ampliar plazo para quejas de organizaciones que buscan ser partidos.


TEPJF ordena al INE ampliar plazo para quejas de organizaciones ...

Por Rodrigo Vera.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) modificar los plazos para quejas de organizaciones que buscan constituirse en partidos políticos.

En sesión pública no presencial, el TEPJF determinó la modificación al considerar que los plazos otorgados en beneficio de las partes no pueden ser reducidos por la autoridad.

En tal sentido, ordenó al Consejo General del INE observar los plazos que rigen en el procedimiento ordinario sancionador en las etapas de prevención, desahogo del emplazamiento, expresión de alegatos y desahogo de la vista sobre una prueba superveniente.

Los únicos plazos procesales que la autoridad puede alterar o modificar –aclararon los magistrados del TEPJF– son aquellos que corresponden a las propias actuaciones de la autoridad.

Diversas organizaciones, como Encuentro Solidario (OES), Frente por la Cuarta Transformación (FCT), Gubernatura Indígena Nacional (GIN) y Libertad y Responsabilidad Democrática (LRD) impugnaron el acuerdo emitido por el INE.

El TEPJF solo otorgó la razón a OES y LRD en los tiempos para interponer quejas. Las organizaciones argumentaron que el INE aprobó la creación de un procedimiento sumario para el conocimiento y sanción de infracciones relacionadas con la constitución de partidos políticos nacionales, sin pasar por todas las etapas que exige el procedimiento ordinario sancionador.

El INE debe observar los plazos que rigen a este procedimiento ordinario sancionador, determinó el TEPJF. Y consideró este asunto como urgente, ya que en septiembre próximo se inicia el proceso electoral de 2021.

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