Jenaro
Villamil.
Por mayoría de votos, los magistrados
de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
(TEPJF) aprobaron los registros de Miguel Ángel Mancera Espinosa, Napoleón
Gómez Urrutia y Damián Zepeda como candidatos al Senado de la República, pues
estuvieron apegados a derecho y no se violó ni la Constitución ni la ley
electoral federal.
En el caso
de Damián Zepeda, dirigente nacional del PAN, los magistrados afirmaron que
cumplió con los requisitos de separarse del cargo partidista con la
anticipación indicada en los estatutos panistas, contrario a lo alegado por los
actores.
Sobre la candidatura del exmandatario
capitalino por la vía plurinominal, la impugnación refirió un supuesto
incumplimiento del requisito establecido en el artículo 55 de la Constitución
federal, relativo a la prohibición establecida para gobernadores y para el Jefe
de Gobierno de ser electo en la entidad de su jurisdicción durante el periodo
de su encargo.
Por mayoría de votos, los magistrados
consideraron que, en el caso de estas, no aplica este requisito al ser previsto
únicamente para aquellas postulaciones que corresponden a una entidad
federativa.
Respecto a la candidatura del exlíder
minero, impugnada por el supuesto incumplimiento de los requisitos
constitucionales, debido a su doble nacionalidad y por carecer de residencia
efectiva mínima de seis meses previos, así como por poseer una credencial de
votar para residentes en el extranjero, los magistrados determinaron que con el
requisito previo en el artículo 32, no es necesario que el ciudadano haya
agotado el procedimiento previsto por el Estado canadiense para renunciar a esa
nacionalidad.
En relación con la residencia mínima
antes del registro, los magistrados determinaron que no se incluyen en el caso
de los candidatos al Senado por la vía plurinominal.
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