martes, 28 de febrero de 2017

El engaño de Canales.

Raymundo Riva Palacio.

El pliego de consignación de la orden de aprehensión contra César Gerardo Francisco García Méndez, por el delito de administración fraudulenta, es perfectamente claro. Violó el artículo 234 del Código Penal al haber realizado operaciones perjudiciales al patrimonio de Paula Cusi, viuda de Emilio Azcárraga, en beneficio de un tercero, en este caso tanto él como su entonces socio Ernesto Canales, el fiscal anticorrupción de Nuevo León, a quienes contrató para que resolvieran una disputa con Televisa.

Extrañamente, en el pliego de consignación del agente del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, el 17 de febrero pasado, Canales, acusado por Cusi de los mismos delitos que García Méndez, salva una acción judicial en su contra.

No está clara la razón por la que la Procuraduría de la Ciudad de México no actuó en su contra, pese a haber ejercido la acción penal contra su socio, a quien le demostraron las autoridades que “la conducta engañosa del indiciado es con la finalidad de alcanzar un lucro indebido, afectando el patrimonio ajeno”. Lo que hizo García Méndez lo realizó, quizás con mayor carga, Canales, a quienes Cusi acusó de fraude por seis millones de dólares, que en ese entonces eran poco más de 64 millones de pesos. García Méndez, quien se encuentra prófugo de la justicia, siempre se dijo inocente de la acusación y afirmó que él nunca recibió ningún dinero.

El punto nodal del caso se encuentra en dos documentos. El primero, firmado el 28 de abril de 2011, donde la señora Cusi cedía “todos y cada uno de sus derechos” de la sucesión de El Tigre Azcárraga Milmo, a su hijo Emilio Azcárraga Jean, a cambio de una contraprestación, que Canales no le informó que se había acordado, de seis millones de dólares, a cambio de desistirse de acciones legales para mantener el 16.6 por ciento de la empresa que le fue heredado por El Tigre. Este documento, llamado Carta de Instrucción, fue firmado por Canales y García Méndez el 17 de mayo de 2011, con el representante de Televisa, Alejandro Bustos.

En esa Carta de Instrucción solicitaban a Televisa determinar la forma como realizaría el pago compensatorio en dos exposiciones, el 17 y el 27 de mayo de ese año, mediante dos opciones: 1) Un depósito a la cuenta de Summer Stream, C.V., por la vía de Abdadi&Co Securities Ltd, en el banco Standard Bank PLC, en Londres, por tres millones de dólares. Y, 2) mediante la contratación que llevara a cabo Televisa de los servicios de mercadotecnia de la empresa Summer Stream, C.V., por otros tres millones de dólares. El representante de esas empresas es Canales, mientras que García Méndez sostuvo durante todas las diligencias que no conocía a los accionistas de esas compañías.

Canales aceptó en una comparecencia en el Congreso de Nuevo León en abril del año pasado que sí había recibido esos recursos, pero alegó que no había actuado de manera ilegal. La denuncia contra él y García Méndez, presentada el 26 de marzo de 2012 en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, establecía que los dos abogados “se apoderaron y dispusieron en su beneficio” de los seis millones de dólares pagados por Televisa, “obteniendo un lucro indebido y generando un detrimento patrimonial” a la viuda de Azcárraga Milmo. En su defensa ante el Ministerio Público, Canales sostuvo que su cliente, la señora Cusi, estaba informada de todas sus acciones, y como prueba presentó una carta que envió a la señora Cusi el 21 de octubre de 2011, donde hacía una relatoría a manera de rendición de cuentas sobre todo el proceso de sucesión testamentaria, que realizaba junto con García Méndez.

En este espacio se publicó en abril del año pasado 'Las Mentiras de Canales', en donde se citaba esa carta: “De acuerdo a las instrucciones recibidas de ti, así como a las facultades conferidas al efecto de negociar un pago compensatorio con Televisa, a fin de aplicarlo al pago de los honorarios tanto ya devengados como a los que te enfrentarías al desistirte a tu entero perjuicio de la acción civil, y habiendo obtenido tu autorización expresa siempre que:

“1) No se vinculará de ningún modo el pago de la renuncia de tus derechos o a la transmisión de las acciones, esto es, que se asumiera como pago a los profesionistas y no a ti; 2) no se formalizará en ninguno de los documentos a ser ratificados por ti, que contendrían tus renuncias y transmisiones (de propiedad), y 3) no retardará en ninguna forma la definición de tu situación jurídica en la causa penal”.

El punto 18 de esa misma carta precisaba: “En ejercicio de tus instrucciones, me reuní con el licenciado Alejandro Bustos Olivares, director jurídico contencioso de Televisa, y con el licenciado Alonso Aguilar Zinser, penalista a cargo de la causa penal por parte de Televisa, con quienes negocié a favor de los abogados y de acuerdo a lo instruido por ti, el pago de la cantidad de 6MMUSD, mismo que lo apliqué conforme a tus instrucciones al pago de los honorarios de los distintos profesionistas que intervinieron tanto en la acción civil como en la penal, así como en la restitución de diversas cantidades pagadas por mí en tu nombre durante los procedimientos”.


Esta carta sí deslindaba a Canales y García Méndez de haber actuado con opacidad y dolo, y probaba su dicho. El problema es que el zar anticorrupción de Nuevo León nunca le entregó ese documento a la señora Cusi.

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