Por Neldy San Martín.
Por mayoría y con el voto del PAN en contra, el Senado aprobó las
reformas constitucionales en materia de revocación de mandato y consulta
ciudadana.
Luego de una discusión de más de cuatro horas y 30 oradores
ante el pleno, el dictamen fue avalado por 98 votos a favor, 22 en contra y
una abstención.
Los votos en contra fueron del senador sin grupo
parlamentario Emilio Álvarez Icaza y los panistas, excepto dos: Xóchitl Gálvez
y Damián Zepeda, quienes votaron a favor.
Ahora, el dictamen será devuelto a la Cámara de Diputados,
ya que las y los legisladores realizaron cambios sustanciales al documento que
llegó de San Lázaro.
Entre ellos, que sea únicamente solicitada por los
ciudadanos y no por el presidente, que se lleve a cabo en 2022 y que sea
organizada por el INE.
“Valió la pena esperar un año, valió la pena no apresurarnos
y hacer las cosas bien. El dictamen que hoy se aprobará, guarda una importante
distancia de la propuesta que se nos hizo llegar desde la Cámara de Diputados,
y qué bueno que así sea”, dijo por su parte el coordinador de los senadores
priistas, Miguel Ángel Osorio Chong.
Al no contar con la mayoría calificada en el Senado requerida
al tratarse de una reforma constitucional, el grupo parlamentario de Morena,
encabezado por Ricardo Monreal, y el presidente Andrés Manuel López Obrador
cedieron en las exigencias de los grupos de oposición.
“No podíamos acercarnos a las posiciones porque no era
movible nuestro proyecto en un principio. Y eso fue lo que a mí me motivó a
decirle al grupo: tienen razón, aceptemos la modificación y plasmémoslo en la
Constitución, estableciendo en el artículo 84 las diferencias de un presidente
interino, de un presidente sustituto y de un presidente revocado”, dijo Ricardo Monreal, coordinador de
los morenistas.
En sus intervenciones, los panistas reconocieron que su
rechazo al dictamen se debe a la desconfianza que tienen en el presidente y
coincidieron en que este mecanismo debería consolidarse a partir del 2024.
“En contra porque no creemos en este gobierno, y no creemos
en este gobierno porque desde el inicio ha habido una polarización y una
división para la sociedad”, confesó el líder de la bancada del PAN, Mauricio
Kuri.
“Morena no tiene un ADN democrático porque su presidente no
es un demócrata. Un demócrata no polariza, como lo hace Andrés Manuel”, criticó
Gustavo Madero.
En respuesta, el senador Germán Martínez, de Morena, les
recordó que en el programa de Acción Política del PAN se promueve el referéndum
y el plebiscito como mecanismos de participación ciudadana que deben ser
incorporadas en la constitución, y que incluso en las elecciones pasadas su
candidato Ricardo Anaya ofreció en su plataforma electoral la revocación de
mandato.
“Ustedes tienen Amlofobia”, les recriminó el quien fue líder
nacional del PAN entre 2007 y 2009.
El dictamen aprobado señala que el presidente no podrá
convocar a la revocación de su propio mandato y este proceso únicamente podrá
ser solicitado por los ciudadanos con el tres por ciento de los inscritos en la
lista nominal.
Además, dicha solicitud tiene que corresponder al menos a
17 entidades federativas y que representen al menos el 3 por ciento de la lista
nominal de cada una de ellas.
Mientras que el encargado de la organización y el cómputo de
la votación y resultados será el Instituto Nacional Electoral (INE).
Según el documento, queda prohibido el uso de recursos
públicos para la recolección de firmas, promoción y difusión de la revocación
de mandato.
La revocación de mandato podrá solicitarse una vez solamente
y en el plazo de los primeros tres meses posteriores a la conclusión del tercer
año de periodo constitucional.
En el caso del sexenio actual, la solicitud podrá realizarse
durante los primeros 15 días del mes de diciembre de 2021, la recolección de
firmas se podrá realizar durante el mes de noviembre y hasta el 15 de diciembre
del año 2021 y en caso de proceder la solicitud la votación se realizaría en
2022.
El dictamen establece que la votación de la revocación de
mandato no podrá coincidir con jornadas electorales federales o locales.
Para que el proceso de la consulta de revocación de mandato
sea válido el porcentaje de participación total deberá ser de al menos el 40
por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores. La
revocación solo procederá por mayoría absoluta.
El artículo 84 también sufrió modificaciones para que en
caso de haberse revocado el mandato del presidente de la república asumirá
provisionalmente “la titularidad del poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia
del congreso dentro de los treinta días siguientes y el Congreso nombrará a
quien concluirá el periodo constitucional”.
En cuanto a la consulta popular, el dictamen establece que no
se podrá consultar sobre derechos humanos, el sistema financiero y el
presupuesto de egresos de la federación, ni tampoco de obras que estén en
proceso, ni la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos
de elección popular.
La reforma el artículo 35 en materia de consulta popular
señala que se requiere al menos el dos por ciento de los inscritos en la lista
nominal de electores. También las consultas populares serán organizadas por el
INE.
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