Por Juan
Omar Fierro.
Un juez federal concedió una suspensión
provisional a una empresa cervecera de Baja California para que el presidente
Andrés Manuel López Obrador y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
(SHCP) revisen el presupuesto público de 2020, con el propósito de que se
reasignen recursos públicos que sirvan para atender la emergencia sanitaria que
vive el país ante la epidemia de covid-19.
La
resolución dictada por el juez Segundo de Distrito de Baja California, José
Eduardo Rodríguez Castillo, también concede la suspensión para el efecto de que
el gobierno federal “tome las medidas necesarias para la protección de fuentes
de empleo ante la crisis causada por la emergencia sanitaria global ocasionada
por el virus covid-19“.
El abogado
de la empresa Cervecería Infinito que promovió el juicio de amparo, Adolfo
Solís Farías, aseguró que la suspensión obligará al gobierno federal a no
asignar más recursos públicos a la construcción de obras como el Tren Maya, la
refinería en Dos Bocas, el aeropuerto de Santa Lucía y el Corredor
Transístmico, derivado de que la prioridad del erario debe ser “salvar vidas “y
no la construcción de dichas obras que el mandatario mexicano considera “indispensables
“.
En el juicio
de amparo con expediente 293/2020, el juzgador federal indica que ante la
pérdida de empleos provocada por la emergencia sanitaria y reconocidas por la
Secretaría del Trabajo, el pasado miércoles 8, existe una afectación a los
derechos sociales y económicos de los trabajadores formales.
La
resolución agrega que derivado del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024
también existe un compromiso del gobierno federal de garantizar el empleo, la
salud y el bienestar de los mexicanos.
El juez
suma a sus argumentos la resolución especial dictada por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, el viernes 10, en la que se recomienda a
los países integrantes de la Organización de Estados Americanos (OEA) la
conservación de las fuentes de empleo, con el fin de que la sociedad pueda
allegarse los recursos necesarios para superar la actual crisis provocada por
la pandemia.
La
suspensión provisional hace notar que ese mismo documento de la CIDH también
contempla el otorgamiento de subsidios, rentas básicas y otras medidas de apoyo
económico para garantizar el ingreso y la subsistencia de todas las personas
trabajadoras.
Por lo
anterior, señala la resolución, se declara procedente la solicitud del
juicio de amparo para “la reasignación del presupuesto de egresos para el
presente ejercicio (2020), a efecto de que sea destinado a la crisis económica
derivada de la emergencia nacional por el SARS-CoV2, ya que de conformidad con
el artículo 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el
referido presupuesto no debe ser estricto, inflexible ni imposible de
modificar”.
Incluso, se
advierte en la suspensión provisional que los derechos laborales de los trabajadores
están por encima de las obligaciones fiscales, por lo que se solicita a las
autoridades en la materia que brinden las facilidades necesarias a las empresas
para el pago de impuestos.
En este
sentido, se pide al gobierno federal y a la SHCP dictar las medidas
necesarias para proteger las fuentes de empleo, ya que éstas resultan
esenciales para que lo trabajadores puedan subsistir y garantizar sus
necesidades básicas, como el derecho humano a la alimentación, la vivienda y la
salud.
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