Jesús Robles Maloof.
Me queda claro que
cuando los políticos hablan de seguridad, sólo hablan de la suya. Como ejemplo,
el Senado actualmente discute la posibilidad de usar al Ejército contra
movimientos sociales.
Las iniciativas de
Ley de Seguridad Interior de los priistas Martha Tamayo y César Camacho Quiroz,
por un lado, y del panista Roberto Gil, por otro, coinciden en proponer
cobertura a los militares para legalmente usar entre otras, cito; “… técnicas,
tácticas, métodos, armamento y protocolos que realiza el personal de las
fuerzas armadas y federales para controlar, repeler o neutralizar actos de
resistencia no agresiva, agresiva o agresiva grave”.
En un ejercicio de alquimia legislativa, estos senadores
piensan que ello es compatible con los artículos 9, 21 y 129 constitucionales.
La orwelliana enumeración deja ver, voluntaria o involuntariamente, una confesión autoritaria de quienes buscan
permanecer en el poder contra toda resistencia y al mando de instituciones sin
legitimidad, pero con infinitos recursos.
La indignación
ciudadana por el gasolinazo, por ejemplo, sería para ellos una amenaza a ese
impuesto. Ya los podemos imaginar, como salidos de un libro de Focault, llamando al Ejército contra movimientos,
marchas y resistencias. “Usa lo que sea, suelta todo lo que tengas pero
“controla, repele, neutraliza la resistencia”.
Quizá son honestos y
buscan su seguridad interior, la de su conciencia tras cruzar el pantano y
llenarse de sangre las manos.
La definen como “la condición que proporciona el Estado
mexicano que permite salvaguardar la continuidad de sus instituciones…”
¿Proporciona? Pensaba que era su obligación. Aseguremos a las instituciones, de
los derechos de las personas luego hablamos.
La inversión del concepto de seguridad, desde lo ciudadano
hacia la permanencia de la clase política, se aprecia con un dato interesante.
La Constitución de 1917 citaba la palabra “seguridad” sólo seis veces. Casi 100
años después, el texto vigente habla en 52 ocasiones de “seguridad”. No sólo
ocho leyes federales contienen este término, además cerca de 50 de ellas
regulan específicamente el tema o crean instituciones para la seguridad. A
lista podemos sumar más de 100 leyes estatales sobre y miles de amientos
municipales.
Tengo mis dudas, pero algunos autores derivan de este
concepto el de seguridad nacional. Mantengamos al Estado y sus instituciones
para garantizar los derechos de todos. Bien, seguridad pública y seguridad
nacional, pero ¿de dónde sacan que existe una tercera categoría independiente
llamada seguridad interior?
Una tras otra, las
propuestas legislativas sobre seguridad de los últimos años, contienen
implícita o explícitamente una versión de orden público como obediencia ciega a
la autoridad. Una sociedad donde nadie protesta y todos siguen al
presidente, la paz de los sepulcros. Los políticos contraponen con esto el
ejercicio de los derechos al orden público, cuando en las sociedades
democráticas el orden público es precisamente la garantía de los derechos.
Los textos de Tania Ixchel Atilano, Catalina Pérez Correa y
de José Guevara son sólo tres referencias del cúmulo de argumentos para
oponerse a las citadas iniciativas, con alternativas para construir una
seguridad no militarizada.
En resumen, creo que de ser aprobadas las iniciativas serían
un golpe a la Constitución por cinco razones.
1. Porque el Congreso
carece de facultades para legislar sobre seguridad interior de conformidad con
el artículo 73 constitucional, mismo que sí lo faculta en materia de seguridad
pública, agenda en la deberían abocarse fortaleciendo y no sustituyendo a las
policías civiles. Merecemos una seguridad no militarizada.
2. Porque harían
permanente y legal las actividades del Ejército en tareas de seguridad pública
contra lo establecido en el artículo 129 constitucional. Tras 10 años de su
presencia en las calles, no estamos más seguros y la estela de abusos y
violaciones a derechos humanos es inmensa.
3. Porque para situaciones extremas como una agresión por
parte de otra nación en las que debe contemplarse la suspensión temporal de
derechos y el despliegue del Ejército, debemos observar el artículo 29
constitucional, cuya ley reglamentaria se discute en la Cámara de Diputados,
con igual tendencia golpista.
4. Porque equipara
las facultades de vigilancia e intervenciones de las comunicaciones en materia
de seguridad nacional a tareas de seguridad pública, cerrando, por lo tanto,
los procesos de control, transparencia y rendición de cuentas, facultades tan
potencialmente dañinas deben conllevar.
5. Porque en realidad
PRI y PAN recurren a inventarse una categoría ante la presión de los militares
que exigen impunidad por “servicios cumplidos”, tanto a Felipe Calderón como a
Enrique Peña Nieto.
En particular me
opongo a estas iniciativas porque creo que para terminar con el autoritarismo,
la impunidad y la corrupción, México necesita más resistencia y menos
obediencia.
El llamado es a permanecer informados y movilizados, aquí un
espacio para ello http://www.leygolpista.org/
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