El Instituto
Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos
Personales (INAI) ordenó al Servicio de
Administración Tributaria (SAT) que dé a conocer los nombres de las empresas y
los montos condonados por pago de impuestos durante la administración del presidente
Enrique Peña Nieto.
Al presentar
el asunto ante el pleno del INAI, el
comisionado Joel Salas Suárez criticó que las “decisiones del SAT beneficiaron
principalmente a un grupo reducido de la población”.
Y alertó que
“los recursos que no fueron recaudados
pudieron utilizarse, por ejemplo, para gasto social y combate a la pobreza o la
inseguridad: el monto de impuestos que 36 empresas no pagaron en 2013 por una
condonación fue igual al presupuesto de la Secretaría de Gobernación para
2015”.
Salas Suárez
recordó que, de acuerdo con el informe
“Privilegios Fiscales. Beneficios inexplicables para unos cuantos”, elaborado
por Fundar, de 2007 a 2013, el SAT condonó 46 mil millones de pesos a sólo 15
contribuyentes.
El fallo del
INAI ordena al SAT que entregue la
información relativa a las empresas a las que condonó el pago de impuestos
desde el 1 de diciembre de 2012 al 31 diciembre de 2013 y del primero al 6 de
abril de 2018; así como el nombre de las empresas a las que más condonó el pago
de impuestos y el monto de la condonación, del 6 de abril de 2012 al 4 mayo de
2015 y del primero al 6 de abril de 2018.
Los anterior
luego de que un particular solicitó al órgano que le informara los nombres de
las empresas a las que se condonó el pago de impuestos durante el sexenio de
Peña Nieto y el nombre y los montos de las empresas con más condonaciones en
los últimos seis años.
A esta
solicitud, el SAT respondió con una serie de ligas electrónicas para consultar
información que ya es pública, detalló el INAI en un comunicado. Dijo que el
sujeto obligado también aclaró que la denominación y razón social de las
empresas a las que les había condonado el pago de impuestos en 2013, así como
los montos que condonó del 2013 al 4 de mayo de 2015 están clasificados por
secreto fiscal.
Por ello el
particular manifestó como agravio la clasificación declarada. Mientras, en
alegatos, el SAT reiteró su respuesta original.
La ponencia
del comisionado Salas Suárez expuso que un análisis arroja que la respuesta otorgada
por el SAT resulta confusa en cuanto al periodo que abarca la clasificación de
secreto fiscal. Indica que si bien la información referente a las empresas
condonadas de 2012 y 2013, y al monto condonado de 2012 a 2015 puede
clasificarse por estar protegida por secreto fiscal, existe un interés público
en conocerla por lo que la clasificación no se actualiza.
El documento
detalla que se llegó a esa conclusión al segmentar en tres periodos la
información proporcionada por el SAT: 1) el año 2013, previo a la reforma del
Código Fiscal de la Federación, aún se mantenía válida la clasificación por
secreto fiscal de los nombres de empresas y los montos condonados; 2) de enero
de 2014 al 4 de mayo de 2015, cuando ocurrió la reforma mencionada, se validó
la publicación de los nombres de empresas beneficiadas con condonaciones, y 3)
del 5 de mayo de 2015 en adelante, con la entrada en vigor la Ley General de
Transparencia, se estableció la publicidad obligatoria de los nombres de
empresas y los montos condonados.
Con ello,
precisa el documento, “se valida la
clasificación por secreto fiscal para la información generada entre 2013 y el 5
de mayo de 2015; sin embargo, se apuntó, existe un interés público que
prevalece sobre la misma, de modo que procede su entrega a quien la solicite”.
Además, el comisionado destacó que
también se analizó si el SAT se pronunció respecto a todo el periodo del tiempo
que interesa al particular. Y concluyó que como el sexenio del presidente Peña
Nieto inició el primero de diciembre de 2012 se estimó que los últimos seis
años a que se refiere el particular deben computarse desde la fecha de
solicitud hacia atrás, es decir del 6 de abril de 2012 al 6 de abril de 2018.
“El SAT no proporcionó información
para el año 2012, de modo que atendió lo solicitado de forma incompleta”, señala.
Salas Suárez
indicó que otorgar condonaciones sin
criterios imparciales contribuye a la desigualdad y genera incentivos negativos
para los contribuyentes. Destacó que es necesario que las condonaciones se utilicen
sólo cuando sea necesaria y siga pautas claras, para evitar se convierta en un
instrumento que beneficie a unos cuantos.
“La información pública también le
permite al SAT demostrar que es una institución imparcial y en la que los
mexicanos podemos confiar la correcta recaudación de los impuestos. Implementar
políticas tributarias con parámetros más abiertos y transparentes garantizará
una recaudación justa y adecuada que beneficie a la mayor parte de la población
y reduzca la desigualdad de nuestro país. Cada peso que es condonado
discrecionalmente es un peso que no se invierte en salud, educación o
infraestructura”,
dijo Salas Suárez.
En septiembre de 2017, SinEmbargo, en
colaboración con Fundar, publicó una serie de reportajes donde evidenció que un
puñado de empresas una poderosa dirigente sindical, entidades gubernamentales y
hasta un socio del empresario chino Zhenli Ye Gon recibieron el perdón del
Gobierno federal para no pagar adeudos fiscales en 2015. También se alertó que
de otros años no había información al respecto debido a que la, en ese momento,
recién promulgada Ley General de Transparencia no era retroactiva.
Fundar
Centro de Análisis e Investigación trabajó durante años para conseguir dos
bases de datos del Gobierno federal. Un
equipo de periodistas de SinEmbargo realizó un buceo en ese mar de información
para dar con dueños de empresas, las empresas mismas y algunos otros nombres
propios. En los hallazgos hubo un denominador: la ruta que siguió la
indulgencia del SAT para los montos mayores siempre llegó a personajes
reconocidos en el ámbito político o empresarial.
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