Por
Alejandro Calvillo.
“En 2015, El
Poder del Consumidor subió este video a la red que de manera sarcástica muestra
cómo la COFEPRIS, de la pasada administración, entró en contubernio con la
industria para establecer un etiquetado a su gusto, es decir, que no se
entendiera”
¿Puede una sentencia de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación basarse en argumentos científicamente falsos? ¿a
favor de que intereses responde una sentencia que llega al extremo de realizar
afirmaciones falsas?
La sentencia presentada por la
Ministra Yasmín Esquivel en contra del amparo que interpusimos hace 5 años
contra el etiquetado frontal que se estableció en alimentos y bebidas en México
como parte de la Estrategia Nacional para la Prevención del Control del
Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes se basa en tres afirmaciones totalmente
insostenibles: 1) que los azúcares naturales presentes en frutas, verduras y
lácteos representan el mismo riesgo a la salud que los azúcares añadidos a los
productos, 2) que es correcto que las etiquetas establezcan un consumo diario
de azúcares total de 360 kilocalorias (equivalente a 18 cucharadas cafeteras)
como “nutrimientos diarios”, y 3) que el etiquetado actual es entendible y útil
para que los consumidores mexicanos realicemos elecciones más saludables.
¿Azucares
naturales iguales a azúcares agregados?
La sentencia afirma que no existen
máximos de azúcar a consumir y que son iguales los azúcares “intrínsecos”
(naturales) que los “extrínsecos” (añadidos). Es decir, la sentencia establece que tienen el mismo efecto sobre la salud los
azúcares presentes en una manzana que los azúcares añadidos a una Coca Cola.
Una manzana de 200 gramos puede contener 110 kilocalorías, si nos comemos dos
manzanas, estaremos ingiriendo 220 kilocalorías. Una Coca Cola de 600
mililitros contiene más de 240 kilocalorías. Cada una de estas manzanas que
tomamos de ejemplo pesa 200 gramos, es decir, en este caso se ingieren cerca de
400 gramos de manzana.
Cuando
comemos estas manzanas lo hacemos con pausas, las calorías se liberan de forma
lenta desprendiéndose de la fibra de la fruta y nos generan saciedad, nos
quitan o atenúan el hambre.
Cuando bebemos un refresco, en este
caso una Coca Cola de 600 mililitros, todas esas calorías van entrando de golpe
al organismo, provocando que el páncreas libere de golpe insulina para
controlar los altos niveles de azúcar en sangre, si no fuera así, entraríamos
en coma. El consumo de estas calorías no genera saciedad, se convierten en
calorías extras, el organismo no las registra. Es decir, contribuyen a una
ingesta mayor de calorías en la dieta diaria. Por otro lado, el consumo de la
bebida azucarada provoca también descargas de la hormona dopamina que llevan a
un deseo de comer más.
Hay que señalar que el 70% del azúcar
añadida en la dieta de los mexicanos proviene de bebidas azucaradas.
Cartas
dirigidas a Secretaría de Salud y COFEPRIS por parte de la Organización
Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud de 2014, cuando se
anunció el establecimiento del etiquetado actual como obligatorio, advirtieron
a las autoridades mexicanas de que los daños a la salud están provocados por el
alto consumo de azúcares añadidos y que no existe preocupación alguna por el
consumo de azúcares naturales.
En una carta
reciente de los representantes en México de OPS/OMS, FAO y UNICEF en referencia
a la sentencia que defiende el actual etiquetado señalan: “OPS como FAO en reiteradas ocasiones han sostenido la necesidad de
separar azúcares ´totales´ y azúcares naturalmente presentes en alimentos sin
procesar (como la lactosa en la leche) de aquellos que son ´añadidos´ o
´libres´, porque estos no se requieren en la dieta humana, y están asociados a
un mayor riesgo de enfermedades no transmisibles”.
Los organismos de Naciones Unidas,
tras revisar lo que era el proyecto de sentencia de la ministra Yasmin
Esquivel, señalaron:
“Las recomendaciones de la OPS/OMS,
FAO y UNICEF procuran desincentivar el consumo de los azúcares libres, pues no
son necesarios para el consumo humano y, sobre todo, no se ha demostrado un
riesgo por parte de los azúcares naturales o intrínsecos de productos naturales
o sin procesar”.
¿De dónde sale el argumento de que no
hay diferencia entre azúcares añadidos y naturales y por qué? Sale de la
industria, este etiquetado comenzó a introducirlo FEMSA-Coca Cola en 2010 y en
2011 ConMéxico, que agrupa a toda la gran industria de comestibles
ultraprocesados y bebidas azucaradas, lo generalizó entre esas corporaciones.
El objetivo de la industria fue desarrollar un etiquetado frontal que simulara
dar información a los consumidores mientras evitaba que pudieran conocer de
forma sencilla cuanta azúcar, grasas, y sal le estaban añadiendo a los
productos.
Si utilizaran el criterio único de
azúcares añadidos o simples, de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud,
una Coca Cola de 60 mililitros tendría que decir que contiene en azúcar más del
120% del máximo establecido por la OMS para todo un día para un adulto. Usando
el concepto de azúcares totales, que suma los que se recomendarían consumir en
frutas, verduras y lácteos, que son beneficiosos, con los azúcares añadidos,
que son perjudiciales el altas cantidades, en esa Coca Cola de 600 mililitros,
actualmente dice: 70% de los nutrimientos diarios.
Es decir, si uno hace un gran esfuerzo por tratar de
entender ese etiquetado confuso, puede llegar a la conclusión de que puede
tomarse esa Coca Cola sin problema e, incluso, una más de 200 mililitros y no
habrá llegado al 100% de los “nutrimientos diarios”.
La mejor opción frente a este
etiquetado son los etiquetados de advertencia desarrollados en Chile, Perú y
Uruguay que, simplemente, le dicen al consumidor, a través de un sello
octagonal, que ese producto es “Alto en Azúcar” o que presenta “Exceso de
Azúcar”.
Pero esa información tan sencilla y
obvia es la que las grandes corporaciones de los comestibles ultraprocesados y
bebidas endulzadas no quieren que los consumidores conozcan. Y más si esa
advertencia viene en yogures y néctares que las madres de familia se la ponen a
los hijos como lunch pensando que el yogur le va a fortalecer los huesos y le
ayudará a crecer, como dice la publicidad, o que el néctar es una bebida
concentrada de fruta.
Traducido en
términos coloquiales, la OMS establece
un máximo de azúcar para un adulto en un día de 200 kilocalorías, el
equivalente a 10 cucharadas cafeteras, y establece que el ideal es que no se
consumieran más de 100 kilocalorías, el equivalente a 5 cucharadas cafeteras,
en todo un día.
La sentencia establece que está bien
tener el criterio de 360 kilocalorías, del equivalente a 18 cucharadas de
azúcar como “nutrimientos diarios” para consumir en un día. Lo anterior sucede,
paradójicamente o desgraciadamente, en el contexto de que México tiene uno de
los más altos índices de diabetes y muertes por diabetes en el mundo, uno de
los mayores índices de sobrepeso y obesidad entre los niños, un consumo muy
alto de azúcares añadidos, consumidos principalmente a través de bebidas
azucaradas.
Pero el contexto de la salud ha
quedado relegado por otro contexto: el del poder de las grandes corporaciones y
su influencia en los diversos poderes públicos. Fue primero en el ejecutivo, en
COFEPRIS y Secretaría de Salud, logrando que el etiquetado que la propia
industria había desarrollado se estableciera como obligatorio, a pesar de las
críticas de la OMS, a pesar de que las evaluaciones del Instituto Nacional de
Salud Pública demostraban que no era entendible ni por estudiantes de
nutrición, a pesar de que desde 2011 presentamos ante COFEPRIS una denuncia
formal, nunca respondida, contra este etiquetado por engañar y representar un
riesgo a la salud.
Pero si era indefendible este
etiquetado en ese entonces, ahora lo es más, con pronunciamientos públicos de
un grupo amplio de expertos mexicanos, entre ellos tres directores de
institutos nacionales de salud (https://bit.ly/2HoGfxI) ; con una carta
dirigida a los propios ministros de la Sala 2 de la Suprema Corte por parte del
Instituto Nacional de Salud Pública (https://bit.ly/2E4iiea); con cartas de los
organismos de Naciones Unidas señalando que la sentencia presenta “errores”,
por no decir que miente, al señalar que el actual etiquetado sigue las
recomendaciones de estos organismos (https://bit.ly/2Jc6meE) ; al tener ya dos
sentencias de jueces de distrito que señala que este etiquetado viola el
derecho a la salud, la información y el interés superior de la infancia.
Hay un contexto que muestra,
desgraciadamente, una mayor influencia en el poder judicial de los intereses
económicos que por parte del derecho a la salud, el derecho a la información y
el interés superior de la infancia.
En México no se consultó a los institutos
de salud ni a la academia para diseñar el etiquetado y se retomó el que la
propia industria había diseñado, una industria que públicamente se opuso a que
las escuelas en México sacaran la comida chatarra, una industria que se ha
opuesto a una regulación efectiva de la publicidad que dirigen a la infancia.
Esa misma industria es la que diseño el etiquetado establecido en México. En
Chile el proceso estuvo a cargo del Instituto Nacional de Tecnología de
Alimentos de la Universidad de Chile en coordinación con el Ministerio de Salud
y en un proceso de consulta con la academia, evitando la interferencia de la
industria. En México, la autoridad nunca probó si el etiquetado que estableció
era entendible por la población mexicana. En Chile, se estableció como
condición que el etiquetado frontal fuera entendido por los niños.
Este es
parte de las evaluaciones realizadas en Chile para evaluar la comprensión del
etiquetado chileno entre los niños:
En México, hicimos un ejercicio
sencillo con niños exponiéndolos al etiquetado chileno y pidiéndoles que
distinguieran los alimentos más saludables de los que no lo eran:
Puedo apostar que los ministros que
votaron a favor de la sentencia que defiende el actual etiquetado frontal en
alimentos y bebidas argumentando que permite ejercer el derecho a la
información y, por lo tanto, el derecho a la salud, no lo entienden. El
ejercicio se ha realizado, incluso, entre expertos.
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