La Fiscalía
Anticorrupción denunció penalmente a la juez federal Beatriz Jaimes Ramos,
quien el 26 de enero determinó que Rodrigo Medina saliera del penal de Topo
Chico, al considerar que actuó dolosamente para proteger al exmandatario.
Ernesto Canales Santos, subprocurador estatal, informó que
el recurso fue presentado el martes 14 ante la Procuraduría General de la
República (PGR), pues la juzgadora se
habría extralimitado en sus funciones al revertir la decisión que ese mismo día
había tomado el juez de control Miguel Ángel Eufracio Rodríguez, quien luego de
vincular al priista por los delitos de peculado y daño al erario, había
ordenado que fuera recluido preventivamente para evitar que evadiera la acción
de la justicia.
Sin embargo, ese
mismo día los abogados de la defensa presentaron el amparo que entregó Jaimes
Ramos, juez quinto de distrito en materia penal de Nuevo León, quien dispuso la
liberación de Medina luego de permanecer 18 horas tras las rejas, al considerar
que, según su criterio, no existía riesgo de que huyera, pues había demostrado
antes voluntad de comparecer, al acudir a todas las audiencias previas.
En conferencia de prensa efectuada hoy, Canales Santos dijo que la juez obró de manera dolosa y
constitutiva de delito, pues utilizó para proteger al exmandatario criterios
diferentes a los que exhibió en otros casos de características similares.
“Si revisamos las resoluciones de esta juez
federal en otros casos, lo ha hecho aplicando criterios distintos a los que
aplicó en el caso de Medina. Ahí es donde tenemos indicios de la mala fe y la
comisión de un delito, en el que por proteger a Medina cambia su criterio
judicial de manera, además, equivocada”, expuso.
Al analizar el amparo que la juez entregó, la Fiscalía encontró que no hubo
fundamento, pues Medina de la Cruz había llegado a la audiencia de vinculación,
el día 25, protegido por la justicia federal únicamente por el proceso que se
le seguía por ejercicio indebido de funciones, al cual había sido vinculado el
9 de agosto de 2015.
Canales señaló que, al llegar al juzgado, ninguna autoridad
podía privarlo de su libertad con motivo de ese expediente en particular, pero cuando Eufracio Rodríguez lo vinculó a
proceso por los dos delitos mencionados, la madrugada del día siguiente, su
situación jurídica cambió y el recurso promovido ya no le resultaba útil en ese
momento.
“La juez considera
que el amparo que ella había otorgado protegía al exgobernador en cualquier
situación jurídica en que se encontrase, pero no operan así las protecciones de
los amparos. Éste protege ante una situación concreta. Efectivamente,
Medina estaba protegido al llegar a la audiencia en la situación jurídica de un
solo delito procesado. Pero en la
audiencia de ese día se resuelve que se le procesa por dos delitos adicionales,
lo que cambia su situación jurídica y la protección que tenía por un delito no
tenía aplicabilidad”, dijo.
Luego agregó que el
juez de control sí tenía argumentos para determinar el recurso preventivo de
privación de la libertad al político priista, al señalar que podría sentirse
tentado a escapar al saber que por los tres delitos por los que es enjuiciado
enfrenta una penalidad por hasta 36 años de prisión, además de que habría
desfalcado a la entidad por más de 3 mil millones de pesos en apoyos
ilegalmente concedidos a la armadora surcoreana KIA, cantidad que deberá
reponer si es hallado culpable.
El zar anticorrupción
recordó que en días pasados la defensa de quien fuera mandatario en el sexenio
2009-2015 promovió una denuncia penal contra Eufracio Rodríguez por haber
violado el amparo federal, al enviar a Medina al penal de Topo Chico.
Las resoluciones
legales en los casos de esta denuncia ante la PGR contra la juez federal y
contra el de control estatal serán trascendentales para el futuro jurídico del
país, expuso Canales Santos, pues sentarán precedente sobre los criterios que
prevalecerán.
Si en las demandas
resulta favorecida Jaimes Ramos, todo el sistema de juicios orales estaría en
riesgo, alertó.
Este caso de Medina de la Cruz motiva a que sea revisada,
por los legisladores federales, la Ley de Amparo, pues se enfrenta con el nuevo
sistema de justicia penal y las dos instituciones provienen de principios
jurídicos opuestos, pues aquélla procede del sistema anterior, que era escrito,
y ésta corresponde a la oralidad transparente y abierta, consideró Canales.
Junto al recurso ante
la Procuraduría, la Fiscalía Anticorrupción estatal presentó una queja ante el
Consejo de la Judicatura Federal (CJF) por la irregular actuación de la
juzgadora.
Por su parte, el agente del Ministerio Público, Marcos
Rodríguez, quien ha encabezado las denuncias contra Medina, explicó que los
amparos que han promovido el exgobernador y otros implicados en el desfalco a
KIA por los que se les acusa, los protegen exclusivamente en la forma, para no
ser encarcelados, y no en el fondo, pues ninguna autoridad ha señalado que no
incurrieron en los ilícitos por los que se les investiga.
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