miércoles, 1 de marzo de 2017

Falla Ejército en acusaciones del “pelotón de la muerte”

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El Ejército mexicano mantuvo en prisión desde 2009 a una docena de militares a los que involucró con dolo en la desaparición forzada de presuntos narcotraficantes durante la Operación Chihuahua del sexenio pasado.

La justicia militar ha visto cómo las acusaciones que fincó contra 31 militares a los que identificó como “el pelotón de la muerte” se han caído en juzgados federales.

La más reciente ocurrió en diciembre pasado, cuando el juez Décimo de Distrito con sede en Chihuahua decretó la libertad absoluta e inmediata del sargento segundo de hojalatería automotriz Andrés Becerra Vargas.

Con Becerra Vargas son ya 13 los militares que han obtenido su libertad por falta de pruebas de su participación directa en el homicidio y tortura de los presuntos narcotraficantes del cártel de Juárez.

Los otros 18 aún se encuentran en prisión acusados en su mayoría como autores materiales de la muerte y desaparición de personas a manos del llamado “pelotón de la muerte”, que estaba destacado en la Tercera Compañía de Infantería No Encuadrada (CINE), de Ojinaga, Chihuahua, y que fue revelado por Proceso (edición 1889), en enero de 2013.

La Tercera CINE estaba al mando de la guarnición militar que comandaba el general de brigada Manuel de Jesús Moreno Aviña y fue una de las unidades que participó en el Operativo Chihuahua del Ejército entre 2008 y 2009, ordenado por el gobierno de Felipe Calderón como parte de la guerra que le declaró al narcotráfico.

En ese periodo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) abrió 54 expedientes por quejas de violaciones a los derechos humanos presuntamente cometidas por elementos de la CINE.

Las acusaciones fueron por detención arbitraria, cateos ilegales, uso excesivo de la fuerza, tratos crueles y tortura.

Hasta ahora, la mayoría de los liberados son elementos de tropa que fueron acusados por la Procuraduría General de Justicia Militar (PGJM) por haber sido testigos de los hechos cometidos por el “pelotón de la muerte”.

Es el caso de sargento segundo Andrés Becerra Vargas, a quien la justicia castrense lo quiso involucrar en el asesinato y tortura de dos presuntos narcotraficantes, Esaú Samaniego Rey, señalado como El Azteca o El Cholo, y José Heriberto Rojas Lemus, El Michoacano.

Ambos fueron muertos por elementos del Ejército en actos de tortura cometidos dentro de las instalaciones de la CINE. Samaniego fue detenido el 23 de junio de 2008 en el área de Mulatos, al este de Ojinaga. Rojas, un mes después, el 25 de julio, en el área urbana de la ciudad.

Los cuerpos de ambos fueron traslados por elementos de esa unidad militar a ranchos en las afueras de Ojianaga, donde los quemaron con madera y diésel. Después dispersaron las cenizas en arroyos y brechas de regreso a las instalaciones de la CINE.

De acuerdo con las declaraciones ministeriales de Becerra Vargas, la cremación ilegal de los cuerpos duró entre cuatro y cinco horas. En ambos casos, el sargento segundo hojalatero fue conductor de las unidades donde trasladaron los cuerpos.

Las órdenes de traslado y de cargar suficiente combustible las recibió del mayor de Infantería Alejandro Rodas Cobón, segundo comandante de la CINE, y del teniente de Infantería, Gonzalo Arturo Huesca Isasi, a quienes la justicia militar señaló como los principales hombres del grupo ilegal del Ejército.

Junto con otros de los acusados están en la prisión militar de Mazatlán, Sinaloa. Entre ellos, el primer comandante de la CINE, el teniente coronel de Infantería, José Julián Juárez Ramírez, quien es acusado de desaparición forzada a pesar de no haber participado directamente en esos hechos, por lo que aún está impugnando la sentencia de cinco años en su contra. El jefe militar también es acusado de robo.

Sentenciados y liberados.

La condena hasta ahora más alta contra un miembro del Ejército por actos de lesa humanidad es por el caso del llamado “pelotón de la muerte”. Se anunció en abril del año pasado en contra del general Moreno Aviña.

El juez Décimo de Distrito en Chihuahua, René Ramos Pérez, lo condenó a 52 años de prisión. De inmediato, el general de brigada recurrió la sentencia.

Fue el mismo juez Ramos Pérez, quien exoneró de los delitos de homicidio calificado y tortura al sargento segundo hojalatero automotriz, Andrés Becerra Vargas.

En su argumentación, el juzgador aseguró que no hubo ninguna prueba en su contra en ambos delitos, pero sí lo encontró responsable del delito de encubrimiento de esos hechos y de su participación en el delito de violación a la ley de inhumación en la modalidad de destrucción de cadáver.

Fue condenado a un año, siete meses y 15 días de prisión, aunque para diciembre de 2016, cuando el juez dictó su condena ya llevaba siete años y dos meses y medio en la cárcel; es decir, cubrió la pena hace más de seis años.

Declarado con cáncer, a sus 33 años, sigue en la cárcel, pues aún espera sentencia por robo. Padre de dos hijos, ingresó al Ejército en Irapuato, Guanajuato, en 1997 y su primera misión fue en Ojinaga.

Su defensor, Víctor Alonso Tadeo Solano, asegura que en la misma condición de encubrimiento quedaron el cabo José Abel González Duarte, el cabo Darío Oluarte Muñoz, el cabo Pascual Domínguez Zepeda, el teniente Jasón Acevedo, el sargento segundo Abraham Arrucha Pérez, el soldado Miguel Ángel Benítez Ramírez, el soldado Avimadad Méndez, y el cabo conductor Adalberto Petlacalco Vázquez, a quienes también representó y ya están fuera de prisión.

En el caso de otros dos de sus defendidos, el sargento segundo Rubelio Feliciano Flores y el cabo Sebastián Luciano Lucas, quedaron libres de todo cargo, aunque también pasaron más de cinco años en prisión.

También ya libres por encubrimiento fueron el cirujano dentista Luis Mariano Victoria Ordaz y el médico cirujano Héctor Hernández Gutiérrez, quienes le confirmaron al mayor Rodas Cobón la muerte de Rojas Lemus, El Michoacano, cuando era torturado. Fueron llamados por el mayor para que dieran su diagnóstico.

Como en el caso de todos los señalados por encubrimiento, la justicia federal determinó que tenían la obligación de denunciar los actos de tortura y los homicidios que conocieron en su momento, por lo que no pueden alegar en su favor que recibieron órdenes.


El litigante Tadeo Solano también defiende al teniente coronel Juárez Ramírez, quien niega haber dado órdenes para que se cometieran actos de violaciones graves a los derechos humanos.

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