La Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) admitió a trámite la controversia constitucional promovida por el
municipio de Cuernavaca contra la destitución, por desacato, e inhabilitación
por seis años de su presidente Cuauhtémoc Blanco e integrantes del
ayuntamiento.
Al aceptar a
trámite dicha controversia, el ministro
Arturo Zaldívar concedió al municipio la suspensión solicitada contra la
destitución que ordenó el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) de Morelos.
Dicha suspensión tiene el efecto de
que no se ejecute la resolución impugnada en la demanda hasta que el ministro
Arturo Zaldívar analice el caso y resuelva el fondo del asunto.
La
controversia fue presentada por la síndica del municipio de Cuernavaca en
contra del TJA y los poderes Legislativo y Ejecutivo de esa entidad, para
demandar la invalidez del decreto 2193, publicado en el Periódico Oficial
‘Tierra y Libertad’ número 5514 de fecha 19 de julio de 2017.
El referido decreto invoca el
artículo 91 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos,
relativa a la declaración del magistrado instructor de determinar el desacato
de una autoridad para cumplir una determinación del TJA de Morelos, y
facultándolo para emitir la destitución e inhabilitación por seis años para
desempeñar cualquier cargo, empleo o comisión dentro del servicio público
estatal o municipal.
La
administración de Cuauhtémoc Blanco argumentó
que tal declaración resulta incongruente en una interpretación de la propia
norma administrativa en su artículo 11 fracción V, además de ser contraria a
los preceptos constitucionales de integración y autonomía municipal.
En el
acuerdo de admisión, el ministro
Zaldívar resolvió que se tiene como demandados en este procedimiento
constitucional a los poderes Legislativo y Ejecutivo, al Tribunal de Justicia
Administrativa, así como al Secretario de Gobierno, todos del Estado de
Morelos.
Acordó también emplazar a las
autoridades demandadas para que contesten dentro del plazo de 30 días hábiles,
contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación.
Además, las requirió para que junto con sus
informes envíen a la SCJN las pruebas relacionadas con el caso, bajo
apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, se les aplicará una multa.
La
destitución se dio por el adeudo, desde la administración anterior, de 27
millones de pesos a la empresa que brinda el servicio de recolección de basura.
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