viernes, 23 de marzo de 2018

Golpe al hijastro de Graco Ramírez: el TEPJF revoca coalición del PRD y PSD en Morelos.

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La coalición que pretende llevar a Rodrigo Gayosso Cepeda, hijastro de Graco Ramírez, como candidato al gobierno del estado, y que se conformó por el PRD y el Partido Social Demócrata (PSD), fue revocada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Además, fueron revocados todos los convenios de candidaturas comunes que esos dos partidos políticos habían firmado con el Verde Ecologista de México para las elecciones de los 12 diputados locales uninominales y las 33 presidencias municipales.

El argumento de los magistrados fue que tanto PRD como PSD, al conformar una coalición en el caso de la gubernatura de Morelos, y al mismo tiempo firmar convenios de candidaturas comunes “para la totalidad” de los diputados locales y presidentes municipales, de facto se entiende como otra coalición.

Según los magistrados, los partidos políticos están impedidos de participar en más de una coalición para un mismo proceso electoral.

“Si dos o más partidos políticos deciden respaldar todas las postulaciones para un mismo tipo de cargo (diputaciones locales o ayuntamientos), deben realizarlo –necesariamente– a través de una coalición”, advierte el documento de la resolución.

“Se aprecia que, en el caso concreto, a través de los convenios de candidaturas comunes, en realidad se integró una coalición conformada por el PRD, el PSD y el PVEM para la postulación de la totalidad de las candidaturas para la renovación de los ayuntamientos y del Congreso local. Ello pues, como se dijo, en un sentido material, se estaría formando una plataforma electoral común para la postulación de un número determinado de candidaturas”.

Por lo que, “considerando que ya se había celebrado una coalición para la postulación a la gubernatura por parte del PRD y del PSD, la aprobación de los convenios de candidaturas comunes se tradujo –además– en una contravención de la prohibición contenida en el párrafo 9 del artículo 87 de la LGPP, porque –de facto– se constituyeron dos coaliciones para un mismo proceso electoral”.

El documento deja a salvo los derechos de estos partidos políticos, PRD, PSD y Verde, pues “se debe permitir a éstos que realicen los ajustes necesarios en los citados convenios a efecto de cumplir con los principios, reglas y bases señalados en la presente sentencia”.

Sin embargo, para que se dé esta posibilidad los partidos “deberán cumplir con el principio de uniformidad, por lo que en todos los casos las coaliciones que se conformen deberán estar integradas por los mismos partidos políticos”.

El problema en este punto es que el Partido Verde ha presentado ya el registro de la magistrada con licencia del Tribunal Superior de Justicia Nadia Luz María Lara Chávez como su candidata a la gubernatura. Es decir, la salida podría ser que se confirme la coalición entre PRD y PSD que apoya a Gayosso Cepeda, por un lado, y que en las candidaturas a diputados y presidentes municipales sólo se aplique con el Verde Ecologista en algunas de las candidaturas y no en la “totalidad” de ellas.

La sentencia da un plazo de tres días contados a partir de la notificación a los partidos políticos involucrados para manifestar “si es su deseo suscribir convenios de coalición en las distintas elecciones que se celebrarán en el estado de Morelos”, pero para ello “deberán cumplir con las reglas previstas en la legislación aplicable y aportar la documentación necesaria para el registro del convenio de coalición”.

También ordena el TEPJF al Instituto Morelenses de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) que se cuenta con 48 horas a partir de la recepción de la solicitud por parte de los partidos políticos para resolver sobre los nuevos convenios.

Esta sentencia derivó del juicio de revisión constitucional electoral promovido por Morena y otros partidos políticos y revierte una decisión primero del Impepac y luego del propio Tribunal Electoral del Estado de Morelos.

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