La Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) invalidó el nombramiento del actual presidente del Tribunal
Superior de Justicia de Chihuahua, Julio César Jiménez Castro, luego de
declarar inválido el artículo segundo transitorio del decreto publicado el 11
de noviembre de 2016, que sirvió para destituir al expresidente Gabriel
Sepúlveda Reyes.
El
magistrado Sepúlveda Reyes, colaborador
cercano del exgobernador priista César Duarte, impugnó dicho decreto, pero
debido a que el periodo para el que fue elegido ya concluyó, los ministros de
la Corte ordenaron elegir de nuevo al magistrado presidente.
El ministro
ponente, Alberto Pérez Dayán, precisó
que el efecto de la inconstitucionalidad continuó tras el nombramiento actual
de Jiménez Castro, por lo que el pleno del TSJ debe elegir a otro presidente,
ya que el artículo segundo transitorio quedó derogado, según el juicio de
controversia constitucional 150/2016.
El decreto
invalidado, LXV/RFLEY/0014/2016 I P.O, fue aprobado por el Congreso local y
publicado por el Ejecutivo estatal para cesar a Sepúlveda Reyes el 11 de
noviembre de 2016, pero la Corte lo consideró contrario a los principios de
autonomía e independencia judicial.
La resolución de la SCJN entrará en
vigor una vez que se notifique al Poder Judicial estatal, por lo que Jiménez
Castro evitó dar declaraciones hasta que reciba la notificación.
Los actos jurídicos realizados
durante el encargo del actual presidente serán válidos, indicaron los
ministros.
La SCJN reconoció el artículo 44 de
la Ley Orgánica del Poder Judicial de Chihuahua como base de los requisitos
para elegir presidente del TSJ, entre los que se encuentra tener más de cinco
años ininterrumpidos como presidente, requisito que no cumple Sepúlveda Reyes.
Para los ministros hubo una
intromisión del Legislativo en el Poder Judicial, al aprobar el decreto
declarado inconstitucional, que sirvió para destituir al magistrado duartista y
nombrar en su lugar a Jiménez Castro, quien tiene mayor antigüedad en el pleno
del TSJ.
La ministra
Margarita Luna Ramos cuestionó la
creación de un periodo distinto, ya que Sepúlveda Reyes ya había concluido su
periodo y, al final, pidió que los actos jurídicos efectuados en el periodo del
actual presidente no pierdan validez.
La parte del
artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que fue reconocida por la
SCJN, advierte:
“El presidente del Tribunal Superior
de Justicia lo será también del pleno y no integrará sala. Durará en su encargo
tres años, pudiendo ser reelecto para el periodo inmediato siguiente por una
ocasión. Su elección se hará de entre los magistrados por el voto de las dos
terceras partes de los integrantes del pleno (…)”.
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