México
Desigual.
Un juzgado federal en Puebla tendrá
que decidir si la Ley Minera es inconstitucional, luego de que una comunidad
nahua de Tecoltemi, ubicada en Ixtacamaxtitlán, interpuso un amparo contra dos
concesiones otorgadas sobre su territorio, así como contra diversos artículos
de la legislación vigente.
En la
demanda de amparo, que acompaña el Consejo Tiyat Tlali y la organización Fundar
Centro de Análisis e Investigación, la
comunidad de la Sierra Norte de Puebla reclama al Estado mexicano haber
entregado las concesiones sobre su territorio a la filial en México de la
empresa canadiense Almaden Minerals, sin consulta previa y sin consentimiento.
Tecoltemi pide que se ordene la cancelación de los
títulos de concesión pero también que se revisen diversos artículos de la Ley
Minera, que, al dar preferencia a la minería sobre cualquier otra actividad,
faculta a las autoridades a entregar a empresas las tierras y territorios de
los pueblos indígenas y de los ejidos, lo que viola derechos reconocidos en la
Constitución y en Tratados Internacionales.
La sentencia que está por emitir el
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa, de
Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla es tan importante
—explica la abogada de Fundar Itzel Silva— que durante tres años la empresa
hizo todo lo que pudo para no llegar a este punto del juicio.
“Para evitar la revisión de la Ley
Minera y una condena al Estado incluso trataron de desistirse de las
concesiones. Pero no lo lograron”, explica.
En 2016, la inconstitucionalidad de la Ley Minera
estuvo a punto de llegar a revisión en la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN). Pero las empresas involucradas, Hochschild y Zalamera, en el
juicio de amparo que interpusieron comunidades indígenas de la Montaña alta de
Guerrero optaron por desistirse de sus concesiones, mientras que la Secretaría
de Economía se desistió del amparo en revisión 393/2015.
“Es una estrategia que ya han usado
para evitar que se revise la Ley Minera. Como ya lo sabíamos, estuvimos
haciendo la defensa del caso. Metimos varios amparos peleando una revisión a
tres artículos: el 6, el 9 y el 15”, señala la abogada.
El artículo
6 de esta ley establece a la minería
como preferente por encima de cualquier otro uso en el terreno; el artículo 19,
en varias fracciones, establece los derechos que otorgan las concesiones
mineras a sus titulares, como conseguir la expropiación de los terrenos, la
ocupación temporal o la constitución de servidumbre: mientras que el 15 impone
la duración de las concesiones por 50 años, con la opción de prolongarlas 50
más.
Los demandantes alegan que todo eso
es contrario a los derechos de los pueblos indígenas y núcleos agrarios,
establecidos en la Constitución, como en el artículo 27 y el 2, y en tratados
internacionales como el convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo (OIT) y en estándares internacionales del Sistema Interamericano de
Derechos Humanos y de los relatores de la ONU en el tema de consulta y
consentimiento y protección de territorio de pueblos indígenas.
“Eso es justo lo que deberá revisarse
para emitir la sentencia y determinar si tenemos razón respecto a la
inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la Ley Minera”, indica Silva.
No hay una fecha para que la
sentencia se emita, pero se espera que no tarde más de tres meses, y aunque
esto no implicaría modificar de facto la ley, “es un paso para que se siente un
referente para que otros pueblos fortalezcan su defensa y quizá si una jueza se
atreve a decir que es inconstitucional, los legisladores volteen a ver esto”.
Por qué se
impugnaron las concesiones.
La comunidad de Tecoltemi no sabía
que el subsuelo debajo de su territorio estaba ya concesionado a la filial en
México de la minera canadiense Almaden Minerals. La Secretaría de Economía
otorgó dos concesiones, una en 2003 y otra en 2009, sobre la mayor parte del
terreno del municipio de Ixtacamaxtitlán, en la Sierra Norte de Puebla.
“Nosotros no sabíamos que esas
concesiones se habían otorgado, nos venimos a enterar hasta finales de 2013
cuando una organización de la sociedad civil, PODER, realizó un trabajo de
investigación”,
cuenta Alejandro Marreros, vocero de la Unión de Ejidos y Comunidades en
Defensa de la Tierra, el Agua y la Vida, Atcolhua.
El terreno concesionado a Almaden
Minerals, señala Marreros, originario de Tecoltemi, abarca 55 mil hectáreas, de
un total de 60 mil que tiene el municipio de Ixtacamaxtitlán. Cuando la
población se enteró de todo lo que está concesionado y los impactos que genera
una minera a cielo abierto como la que pretende la empresa, fue que se organizó
la movilización contra el proyecto.
“La zona donde nosotros estamos
habitando que está concesionada para este proyecto minero, del que ya se hizo
la fase de exploración, es la cabecera de cuenca del río Apulco, que forma
parte del Río Tecolutla que recorre buena parte de la Sierra Norte y hasta el
Golfo de México, pasando por varios municipios, donde se usa su agua para
actividades agrícolas, pecuarias y de recreación. Todo eso podría impactar la
actividad de la minera”, describe Marreros.
Hay dos comunidades que están en la
zona núcleo del proyecto, afirma, la de Santa María y Zacatepec. Después hay 12
a 14 comunidades en el radio de afectación. En total hay cerca de 4 mil
habitantes en el área.
“La empresa minera ha dicho tanto
públicamente como en el Manifiesto de Impacto Ambiental que no habrá necesidad
de reubicar a la población, cuando el lugar del tajo, que será de 1.9
kilómetros de largo por 1 kilómetro de ancho y 250 metros de profundidad, donde
removerían alrededor de 380 millones de toneladas de roca, queda a unos 100
metros de donde hay viviendas. Si el proyecto se hace eso va a ser inhabitable
y la gente se tendrá que ir por su propia voluntad”.
Por todo
eso, subraya, “es que esperamos que la
justicia ponga el interés de las comunidades y del medio ambiente por encima de
los intereses de la empresa minera”.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario.