La
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)
anunció que los próximos 30 y 31 de marzo llevará a cabo una Consulta Indígena
con siete comunidades para la creación del Programa para el Desarrollo del
Istmo de Tehuantepec.
La
dependencia detalló en un comunicado que
dicho proceso tendrá continuidad con consultas específicas que busquen atender
a las decisiones de los pueblos indígenas y afromexicano que se generen en
dichos encuentros.
El proceso
de diálogo iniciará con siete Asambleas
Regionales dirigidas a las comunidades indígenas de los pueblos Binnizá
(Zapoteco), Ayuuk (Mixe), Zoque, Ikoots (Huave), Chontal, Chinanteco, Mazateco,
Mixteco, Popoluca, Náhuatl y Afromexicano por medio de sus representantes y en
sus respectivas lenguas indígenas.
Dichas asambleas se realizarán en las
comunidades más céntricas del territorio de cada pueblo y, de acuerdo con la
SHCP, serán un espacio para compartir información y preguntas, recibir
propuestas y escuchar la palabra de las comunidades y pueblos del Istmo, con el
fin principal de construir en conjunto el programa para el desarrollo integral
de la región.
Según el documento publicado por la
dependencia, en aquellos casos en los que se detecte una posible afectación a
las tierras y recursos naturales de las comunidades indígenas o cualquiera otra
que implique un impacto significativo de acuerdo con el criterio de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se implementarán procesos de consulta
específicos para alcanzar acuerdos con la comunidad de que se trate.
La Secretaría
de Hacienda insistió en que el Programa
para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec tiene como objetivo generar
condiciones para una economía incluyente que promueva el bienestar de las
comunidades indígenas y garantice una distribución justa de beneficios, con
pleno respeto a la soberanía nacional y las formas de organización y vida
comunitaria de los pueblos, preservando el cuidado al medio ambiente y
priorizando la inversión pública y nacional.
Finalmente, el comunicado recordó que la Consulta
Indígena es una obligación del Estado mexicano considerada en los artículos 1 y
133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 6
del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre
Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; y los artículos 19 y 32
de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas (DNUDPI).
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