Por José
Raúl Linares.
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) avaló la prohibición absoluta
del matrimonio infantil en México, tras considerar que debe velarse por la
protección de los menores de edad.
“No debe perderse de vista que con
esta prohibición absoluta se busca erradicar el matrimonio infantil, precoz e
incluso forzado”,
destacó el ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
“Como está ampliamente documentado, tales
matrimonios ponen en riesgo el ejercicio de los derechos de las niñas, como el
derecho a la educación, salud, vida, libertad y autonomía”, abundó.
Por
unanimidad, los 10 ministros validaron
la eliminación de las dispensas del Código Civil que permitían la unión entre
menores de edad en casos graves y justificados en Aguascalientes.
Al resolver
el amparo indirecto 22/2016, promovido por la Comisión Estatal de Derechos
Humanos del Estado de Aguascalientes, contra la prohibición absoluta del
matrimonio infantil, el pleno determinó
que las reformas legislativas no violan el derecho al libre desarrollo de la
personalidad, pues se puede acceder a ese derecho cuando los menores alcancen
la mayoría de edad.
Al ser
votado el proyecto, el ministro Arturo
Zaldívar precisó que se reduce el margen para que los jueces otorguen dispensas
y dichas decisiones sean posteriormente revertidas por magistrados y ministros.
En su
oportunidad, la ministra Norma Lucía
Piña manifestó que con esa medida se amplía la protección de los menores
suscrita por el Estado mexicano en su conjunto.
El compromiso del Estado mexicano,
frente al matrimonio infantil,” es de prevención y de erradicación”, lanzó.
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