jueves, 28 de marzo de 2019

Establecen funciones de Radio Educación.


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La Secretaría de Cultura federal publicó en el Diario Oficial de la Federación las reformas a diversos artículos del acuerdo mediante el cual se modifica el diverso 203 por el que se establecen las funciones de Radio Educación.

En el documento, firmado el pasado 13 de marzo por la titular de la Secretaría de Cultura, Alejandra Frausto Guerrero, se señala que “con el propósito de contar con un instrumento normativo preciso y armónico a las reformas recientes, es necesario modificar el Acuerdo mediante el cual se modifica el Diverso 203 por el que se establecen las funciones de Radio Educación.

Por lo anterior, agrega se expide el “Acuerdo mediante el cual se reforman los artículos 2o., fracción I; 5o., fracción II, segundo párrafo; 7o., fracción V, y se adiciona la fracción IV Bis al artículo 7o. del Acuerdo mediante el cual se modifica el Diverso 203 por el que se establecen las funciones de Radio Educación”.

Precisa que para el cumplimiento de su objeto, Radio Educación realizará las siguientes funciones:

I. Administrar y operar las emisoras XEEP, XEPPM, XHYRE, XHEP, XHFLO y XHIAM que corresponden, respectivamente, a las bandas de amplitud modulada (1060 AM) y onda corta (6185 kHz. BI de 49 m), en la Ciudad de México; 107.9 FM en la ciudad de Mérida, Yucatán; 96.5 FM en la Ciudad de México; 104.3 FM en la ciudad de Hermosillo, Sonora, y 95.3 FM, en la ciudad de Morelia, Michoacán -de cuyas concesiones es titular la Secretaría de Cultura- así como las demás frecuencias que se le asignen.

Por otra parte, indica que la Comisión Interna de Administración estará integrada por el titular de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Cultura, quien fungirá como Presidente suplente.

Un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y cinco vocales propietarios, y sus suplentes, de acuerdo con las funciones y objetivos de Radio Educación, por invitación del Titular de la Secretaría de Cultura.

El acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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