miércoles, 4 de octubre de 2017

La SCJN declara inconstitucional bloquear cuentas bancarias de supuestos lavadores de dinero.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que sin investigación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) no puede congelar las cuentas bancarias de personas vinculadas al lavado de dinero.

El artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito facultaba a la SHCP a inhabilitar, de forma inmediata, las operaciones y servicios a los que fueran relacionados con el narcotráfico. Sin embargo, y a partid e la decisión de la Primera Sala, ya no será posible.

¿Las razones? La violación de los principios de inocencia y garantía de audiencia quedaban pisoteados.

“Por mayoría de cuatro votos, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver el amparo en revisión 1214/2016, asignado a la ponencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, declaró la inconstitucionalidad del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito”, expusieron los responsables en un comunicado.

EL 28 de septiembre, un Juez federal ordenó descongelar momentáneamente tres cuentas bancarias de Márquez, luego de haber sido inmovilizadas por los señalamientos del Departamento de Tesoro de Estados Unidos.

La orden que afectaba también a las empresas, Pro Sport S.A de C.V y Grupo Terapéutico Homaral S.A de C.V, fue suspendida por Luz María Ortega Tlapa, Juez Octavo de Distrito en amparo en la Ciudad de México, bajo la orden de la Procuraduría General de República (PGR).

“La juez nos concedió la suspensión provisional para que las empresas dispongan del dinero necesario para su funcionamiento”, dijo el abogado José Luis Nassar, quien insistió en la inocencia del zaguero, ex jugador del Barcelona del fútbol español.


Aunque ha dado pasos adelante para limpiar su imagen, Rafa Márquez ha tenido que dedicarse a tiempo completo al proceso, lo cual le ha impedido alinear con su equipo, el Atlas de México, y no ha estado disponible para ser llamado a la selección nacional.

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