La sentencia emitida el sábado 13 en
la sala de oralidad del Centro de Justicia Penal Federal contra cuatro
militares, encabezados por el coronel Marín Pérez Reséndiz, fue terminante: se
les declaró culpables de delitos contra la administración de la justicia,
desaparición forzada y de los homicidios de siete civiles en julio de 2015.
Los cuatro recibieron la máxima pena,
60 años de prisión, en el juicio civil que duró tres años (causa penal
43/2015).
Comandados por el coronel Pérez
Reséndiz –del 97 Batallón de Infantería asentado en Fresnillo y quien presumía
su amistad con el titular de la Sedena, general Salvador Cienfuegos–, los
sentenciados participaron en un operativo el 7 de julio de 2015 en el municipio
de Calera.
Llegaron de
madrugada a la casa de la calle Francisco I. Madero 106 y, pese a no tener jurisdicción, realizaron un cateo en busca de un “jefe
de plaza” del narco en ese domicilio.
El coronel y
sus subalternos: el capitán segundo de
Infantería José Manuel Castañeda Hernández, el teniente de Infantería Víctor
Manuel González Aldrete y el subteniente Juan Ordóñez Prado levantaron,
torturaron y asesinaron a siete personas, presuntamente del Cártel de Jalisco
Nueva Generación: un adulto, cuatro muchachos de entre 15 y 17 años y dos
mujeres (Proceso 2021).
Durante el
proceso acusatorio, algunos testigos,
entre ellos varios militares, expusieron que González Aldrete y Ordóñez Prado
fueron quienes dispararon contra los siete ocupantes del domicilio cateado.
Para emitir
su fallo, el juez de Distrito con
carácter de Tribunal de Enjuiciamiento en este centro de justicia federal se
apegó al artículo 25 del Código Penal Federal para evitar exceder la pena de 60
años, puesto que el desglose inicial de las sentencias individuales sumó más de
200 años para cada uno de los cuatro militares juzgados.
A Pérez Reséndiz y Castañeda
Hernández, acusados de participar como auxiliadores en la comisión de homicidio
calificado, los fiscales les habían impuesto una pena de 22 años por cada uno
de los siete homicidios, tres cuartas partes de la pena máxima de 30 años que
establece el Código Penal Federal.
Por lo que atañe a González Aldrete y
Ordóñez Prado, coautores materiales, las penas impuestas eran de 30 años por
cada víctima; es decir, 210 años de prisión.
Tres de los cuatro militares
recibieron también una sentencia condenatoria de cinco años y seis meses de
prisión y una multa de mil días de salario mínimo por delitos contra la
administración de justicia, puesto que debido al servicio que prestaban, pero
sobre todo a su rango, tenían pleno conocimiento “de que no podían hacerse
justicia por su propia mano”.
Por la desaparición forzada, también
probada por la fiscalía, la condena fue de siete años por cada víctima –esta
fue la pena solicitada por los fiscales–, en total 49 años, aunque el juez
expuso que por el grado de culpabilidad en que ubicó a los cuatro militares,
habría impuesto 13 años y nueve meses a cada uno por cada víctima.
Las tres penas impuestas sumaron 212
años de prisión para el coronel Pérez Reséndiz y el capitán Castañeda
Hernández; 264 años y seis meses para el subteniente Ordóñez Ortega y 259 años
para el teniente González Aldrete, absuelto del delito contra la administración
de justicia.
Historia de
una masacre.
Tras la irrupción de los militares a
la casa de la calle Francisco I. Madero 106, los familiares de las víctimas
acudieron a las instalaciones militares, cárceles municipales, hospitales,
oficinas del Ministerio Público del Fuero Común y Federal. Viajaron a la
capital zacatecana y acudieron al Congreso local. Nadie les dio información.
Entre el 16 y el 17 de julio de 2015
aparecieron los siete cuerpos: cuatro en una finca abandonada cerca de una
presa en la comunidad La Tesorera y tres en una zona rural entre Fresnillo y
Jerez. Todos tenían disparos en la cabeza.
El coronel Pérez Reséndiz y sus subalternos fueron
detenidos el 19 de julio y recluidos en el penal militar de La Mojonera, en
Jalisco. La Secretaría de la Defensa Nacional emitió un comunicado en el cual
expuso que no toleraría actos contrarios a las leyes por parte de sus
elementos, “sin importar jerarquía, cargo o comisión”.
La organización Zacatecanos por la
Paz documentó el caso con el fin de llevarlo a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, al equiparar la gravedad de lo ocurrido en Tlatlaya, Estado
de México, en junio de 2014, y Ayotzinapa, Guerrero, en septiembre de ese mismo
año.
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