El Instituto
Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos
Personales (INAI) instruyó a Petróleos
Mexicanos (Pemex) que dé a conocer si las obras de la autopista al norte de la
Ciudad de México requirieron su participación para reubicar ductos o tuberías
y, en su caso, proporcionar la información relacionada con el tramo Rio de los
Remedios y Gran Canal.
“La información solicitada resulta
útil para conocer si ductos de gas o petróleo estarán sujetos a modificaciones
o reinstalación por esta obra de infraestructura vial y para tener certeza de
que, en caso de cualquier modificación, estas serán realizadas bajo
procedimientos y normativas a favor de la seguridad de los transeúntes y
habitantes de las zonas que colindan con esta obra”, puntualizó el comisionado Carlos
Alberto Bonnin Erales al presentar el recurso ante el Pleno.
De igual
manera, destacó que la transparencia en
la construcción y modificación de ductos de gas y petróleo es indispensable
para asegurar que dichas obras fueron realizadas atendiendo a la normatividad
en la materia, garantizando la seguridad y calidad en la construcción,
instalación, operación y mantenimiento de las infraestructuras en las que
podría haberse involucrado el sujeto obligado.
En un
comunicado, el INAI precisó que un
particular solicitó información diversa relacionada con la autopista urbana
ubicada en el norte de la Ciudad de México; entre los datos solicitados se
encuentran la red de las instalaciones de los ductos de gas, petróleo u otras
que se localizan en ese lugar, procedimientos para la construcción o
modificación de instalaciones de este tipo de obras y el Plan de Contingencia
que, en caso de accidente o desastre natural, debe implementarse en este tipo
de obras.
Pemex declaró inexistente la información.
Inconforme con la respuesta, el particular interpuso un recurso de revisión
ante el INAI, en el que manifestó que la información requerida no se limita a
los posibles trabajos de Pemex en la zona de obras de la autopista al norte de
la Ciudad de México y añadió que sí existen ductos en el área.
En alegatos,
Pemex reiteró la inexistencia de la
información; sin embargo, en el análisis del caso el comisionado Carlos Alberto
Bonnin Erales advirtió que el sujeto obligado omitió turnar la solicitud a
todas sus unidades competentes.
Aunado a
ello, se localizó la manifestación de
impacto ambiental de la obra de la que se desprende que el sujeto obligado
podría tener participación en la misma, pues el proyecto contempla la reubicación
de tuberías de Pemex.
Con base en los argumentos
presentados se concluyó que el sujeto obligado no realizó una búsqueda
exhaustiva para localizar la información requerida.
Por lo anterior, el Pleno del INAI
resolvió modificar la respuesta del sujeto obligado y le instruyó realizar una
búsqueda exhaustiva de la información requerida, en todas las unidades
competentes.
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