El Tribunal Electoral del Estado
(TEEC) desechó y sobreseyó los recursos de impugnación que promovieron los
candidatos de PAN y Morena, Pablo Gutiérrez Lazarus y Ramón Ochoa Peña, respectivamente,
por el presunto fraude en la elección de alcalde en el municipio de El Carmen
con el que se dio el triunfo al priista Óscar Rosas.
El alcalde Gutiérrez Lazarus, quien
el 1 de julio contendió por su reelección como candidato de la coalición
PAN-MC, y al que presuntamente le fue arrebatado el triunfo, presentó dos
recursos de inconformidad, uno contra el resultado de la elección y otro contra
la actuación del consejo municipal electoral, que se negó a entregarles en
tiempo el acta circunstanciada.
Por su parte, Ochoa Peña demandó de
plano la nulidad de los comicios.
Irónicamente,
el propio PRI también impugnó, aunque en
su caso los resultados de las casillas donde el panista aventajó a su
candidato. La intención es ampliar la diferencia entre ambos, que fue de apenas
74 votos.
Esa elección se complicó por el
cúmulo de irregularidades y arbitrariedades en que incurrió el consejo
municipal electoral, integrado por al menos dos militantes priistas, en su afán
por imponer a como diera lugar a Óscar Rosas.
Y es que sobre el municipio de El
Carmen se ciernen fuertes intereses políticos y económicos. Ahí están previstos
el desarrollo de una de las dos zonas económicas especiales (ZEE) que anunció
el presidente Enrique Peña Nieto para el estado, así como el traslado de una
parte de Petróleos Mexicanos proyectado por su virtual sucesor, Andrés Manuel López Obrador.
Entre otras irregularidades, panistas
y morenistas denunciaron que durante la sesión de cómputo se encontraron actas
sin paquetes, urnas sin boletas, urnas rellenas de boletas sin dobleces, e
incluso un block de boletas que fueron marcadas sin que se hubieran desprendido
de sus folios.
En su sesión
de esta tarde, los magistrados del TEEC
declararon improcedentes las dos impugnaciones del PAN, así como la de Morena,
“por falta de pruebas”.
Los expedientes de ambos
excandidatos, es decir el TEEC/JDC/29/2018 del panista y el TEEC/JDC/30/2018
del morenista, fueron acumulados en uno solo, y luego se desechó.
“El Tribunal Electoral consideró que
debían desecharse de plano las demandas del presente juicio, debido a la falta
de materia para resolver, en términos del artículo 646, fracción II de la Ley
de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche y 142 del
Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Campeche”, se argumentó.
Asimismo,
aunque el acta circunstanciada de la sesión de cómputo de la elección, que
debió ser entregada a los partidos antes de emitir la constancia de mayoría a
Rosas, se les entregó hasta el 18 de julio, los magistrados consideraron que el reclamo de los dos excandidatos
respecto del documento “ya fue satisfecho”.
“Por lo anterior, se concluye que la
pretensión de los actores en el presente juicio ha sido colmada, pues ha
quedado acreditado en autos que la autoridad responsable aprobó, expidió y
notificó a los actores el acta circunstanciada de sesión de cómputo municipal
de Carmen, Campeche, para las elecciones de ayuntamiento y juntas municipales
por el principio de mayoría relativa para el proceso electoral estatal ordinario
2017-2018”.
La sentencia del TEEC no sorprendió a
las partes, que ya habían advertido que llevarán sus demandas hasta los
tribunales federales.
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