Luis María Aguilar Morales,
presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), desechó este
martes por “notoriamente improcedente” la solicitud del estado de Chihuahua
para que se le impida al ministro Eduardo Medina Mora resolver la controversia
constitucional promovida por la Presidencia de la República contra el gobierno
del panista Javier Corral.
El consejero
jurídico del gobierno de Chihuahua, Jorge Espinoza Cortés, presentó ante el presidente de la SCJN una solicitud formal para que se
excuse al ministro Medina Mora de conocer y resolver la controversia
constitucional 183/2018, la cual fue promovida por el presidente Enrique Peña
Nieto a través de su consejero jurídico, Misha Leonel Granados Fernández.
Espinoza Cortés
dijo que la solicitud que presentó ante
la SCJN procede debido a la existencia de una evidente amistad entre el
presidente Peña Nieto y el ministro Medina Mora, además de la relación
constante de subordinación de este último con el titular del Poder Ejecutivo
Federal en diferentes cargos, razón por la cual tiene impedimento legal para
conocer de la controversia.
“Chihuahua no se quedará con los
brazos cruzados ante esto, el ministro Medina Mora debe dejar de conocer de la
controversia constitucional promovida por Enrique Peña Nieto”, señaló el consejero Jorge Espinoza.
El pasado 29
de octubre, la SCJN –por medio del ministro Medina Mora– suspendió temporalmente las investigaciones o cualquier
acción legal del gobierno de Chihuahua en contra del presidente Peña Nieto y
cualquier miembro de su gabinete por su presunta implicación en el desvío de
250 millones de pesos destinados para el estado y que fueron a parar a las
campañas electorales del PRI en 2015.
La suspensión fue dictada por la
Corte al admitir a trámite la controversia constitucional interpuesta el jueves
11 por la Presidencia en contra del gobierno de Corral.
En un
comunicado de la SCJN se informó que
Aguilar Morales desechó por resultar notoriamente improcedente el impedimento
planteado por el Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua en la controversia
constitucional 183/2018 en contra del ministro Medina Mora.
“El ministro presidente determinó
desechar de plano tal petición debido a que el pleno de la Suprema Corte ha
establecido que los impedimentos planteados en juicios de controversias constitucionales
no proceden, pues en ellos no se ventilan intereses personales sino básicamente
problemas competenciales.
“Conforme a lo establecido por el
Pleno de este Alto Tribunal, la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del
Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que
regula las controversias constitucionales, no prevé la figura del impedimento
por parte de los ministros que integran este Alto Tribunal”, detalla el comunicado.
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