La Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) admitió a trámite una controversia contra la figura de “super-delegados”
propuesta por el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador para ser
su enlace con las entidades de la República, entre otras modificaciones a la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF).
El
presidente de la Primera Sala del máximo tribunal del país, ministro Luis María Aguilar Morales, admitió a
trámite cuatro acciones de inconstitucionalidad promovidas por legisladores
contra las reformas a la LOAPF y otorgó quince días hábiles al Congreso de la
Unión y al Ejecutivo Federal para contestarlas.
Los recursos
115/2018, 116/2018, 119/2018 y 120/2018 fueron
promovidos por congresistas del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y de
Movimiento Ciudadano.
Entre las impugnaciones admitidas
está la que se interpuso contra la reforma al artículo 21 de la LOAPF, que
establece la creación de comisiones presidenciales como la que recientemente se
instituyó para investigar el caso Ayotzinapa, y que de acuerdo con la
oposición, invade atribuciones de otras autoridades.
Las reformas a la LOAPF fueron
aprobadas en el Congreso de la Unión en los últimos días de noviembre pasado,
previo a la toma de posesión de López Obrador.
Una de las figuras principales
impugnadas es la de los llamados Delegados de Programas Integrales de
Desarrollo, uno por cada entidad federativa y 264 regionales, adscritos a la
Secretaría de Bienestar y cuya creación fue justificada con base en las
políticas de austeridad del nuevo gobierno.
Tanto gobernadores como legisladores
de oposición han cuestionado la figura de estos “super-delegados”, al
considerar que vulneran la soberanía de los estados de la República.
Otras de las reformas a la LOAPF es
la que tiene que ver con la concentración de compras del gobierno a cargo de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
La impugnación que no se admitió fue
la que objetaba la atribución de la Secretaría de Energía para coordinarse con
la Comisión Reguladora de Energía en la determinación de tarifas eléctricas.
Las normas impugnadas no quedaron
suspendidas, sino que seguirán vigentes mientras se desahoga el proceso.
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