La
Secretaría de Bienestar dio a conocer el
Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación de la Pensión para el
Bienestar de las Personas Adultas Mayores, para el ejercicio fiscal 2019.
En la
edición del Diario Oficial de la Federación (DOF), señaló que el objetivo es contribuir al bienestar social e igualdad de
la población adulta mayor, a través del otorgamiento mensual de una pensión no
contributiva.
La
Secretaría de Bienestar subrayó que la
Pensión estará destinada a la población indígena adulta mayor de 65 años o más
de edad, y la población adulta mayor de 68 años o más de edad, para que así
cuenten con garantía y acceso al derecho a la protección social.
Además, las Personas adultas mayores de 65 a 67
años inscritas en el Padrón Activo de beneficiarios del Programa Pensión para
Adultos Mayores a diciembre del 2018, seguirán gozando la pensión regulada en
las presentes reglas, siempre y cuando hayan solicitado su inscripción, que se
encuentren incorporadas al programa y hubiesen recibido algún pago.
La Pensión tendrá cobertura en
territorio nacional, por lo que no se entregarán pensiones a personas que
residan en el extranjero y dará atención a las personas adultas mayores
mexicanas que cumplan con los Criterios de Elegibilidad y Requisitos de Acceso
en las presentes Reglas de Operación.
La
dependencia destacó que a partir de
2019, la nueva administración federal crea la pensión universal no contributiva
"Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores" con un
monto de mil 275 pesos mensuales, mismos que se entregarán en forma bimestral.
Las presentes Reglas de Operación
surtirán efectos a partir del 1 de enero de 2019, en lo que respecta a todos
aquellos actos y acciones tendientes a la implementación y operación de la
Pensión.
El presente
Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
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