Por José
Raúl Linares.
La segunda sala de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a Petróleos Mexicanos indemnizar a familiares
de tres personas que murieron en la explosión de su Torre Ejecutiva ocurrida
hace seis años.
Al revisar
el amparo directo 6758/2018, los
ministros Javier Laynez, Fernando Franco, Eduardo Medina Mora y Alberto Pérez
Dayan, determinaron que deudos de los trabajadores de la empresa Pilotes
Copicosa tienen derecho a la indeminización según la Ley Federal de
Responsabilidad Patrimonial del Estado.
En su
proyecto, el ministro Pérez Dayán expuso
que la evidencia “se basa en la existencia de daños causados a las víctimas
fallecidas por la actuación estatal tildada de irregular”.
Bajo estos
preceptos, la hoy empresa productiva del
Estado estará obligada a reparar el daño, incluso sin importar que las personas
fallecidas no eran trabajadores suyos.
La explosión sucedió en enero de 2013
e investigaciones preliminares apuntan a que la explosión fue causada por la
acumulación de gas metano en el sótano, cuyo incidente cobró la vida de 37
personas y 126 lesionados.
Los trabajadores de Pilotes Copicosa
se encontraban haciendo reparaciones al inmueble; de ellos, tres fallecieron.
Tras un
largo juicio ante el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa
con sede en la Ciudad de México, así como la negativa del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal a emitir su posición sobre el caso, seis años después la SCJN
resolvió el acceso al recurso sin necesidad de recurrir a un nuevo juicio.
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