El Poder
Judicial determinó en definitiva que la
salida de Carmen Aristegui de la radio en 2015 fue ilegal, una vez que la
empresa MVS se desistió del juicio ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN), informó hoy el sitio Aristegui Noticias.
De acuerdo
con proceso, la SCJN confirmó la
sentencia de un tribunal federal que declaró ilegal e indebida la conclusión
del contrato que MVS firmó con la periodista, así como su salida de la radio,
ocurrida el 15 de marzo del 2015.
@AristeguiOnline
Después de 4 años, les comparto nuestra
primera victoria definitiva: Mis abogados me informan que #MVS se desistió del
juicio en mi contra por la terminación de contrato. La @SCJN confirma las 2
victorias previas en Tribunales.
“Con dicha resolución también se ratifica el
fallo emitido en junio del 2018 que fue favorable a la comunicadora para que el
contrato siga vigente, debido a que no existió causa justificada ni razón
válida para que la empresa de Joaquín Vargas lo cancelara de manera
arbitraria”, destaca la nota.
De acuerdo
con la decisión de la Primera Sala del máximo tribunal del país, el fallo se dio por el desistimiento del
amparo presentado por dos filiales de MVS, Stereo Rey México y MVS Net, en
contra de la sentencia dictada por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia
Civil de la Ciudad de México, con el cual pretendían revertir dos sentencias
previas favorables a Carmen Aristegui, destacó la nota.
“La
sentencia que ahora es definitiva fue emitida en junio del 2018 por los
magistrados del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil Roberto Ramírez
Ruiz, Fernando Alberto Casasola Mendoza y Elisa Macrina Álvarez Castro.
“La resolución se da tras cuatro años
de proceso judicial, por lo que el desistimiento de MVS resultó inesperado y
sorpresivo”, señala
la nota.
Aristegui
Noticias informó que continúa pendiente
la resolución de la Suprema Corte en el juicio por daño moral que Joaquín
Vargas presentó contra la comunicadora por el prólogo que escribió para el
libro La Casa Blanca de EPN, escrito por Daniel Lizárraga, Rafael Cabrera,
Sebastián Barragán e Irving Huerta.
“En la sentencia del tribunal que hoy
fue ratificada por la Corte, se concluye que era correcto un fallo previo
dictado en un juicio de amparo en el que se daba la razón a la periodista en la
demanda civil por la rescisión ilegal y anticipada del contrato cuando faltaban
ocho meses para su conclusión, por lo que desecharon los alegatos de MVS
Multivisión Digital o MVS NET para impugnar el amparo otorgado a Aristegui.
“Incluso, los magistrados concluyeron que los
abogados de MVS descontextualizaron los argumentos del fallo original para
impugnar la sentencia.
“La sentencia confirmada también
determina que la periodista no falsificó información sobre su persona y que no
hubo violación a los derechos de autor de Noticias MVS por la difusión de
contenidos periodísticos en la web de Aristegui Noticias, que replicaban las
entrevistas realizadas por la propia periodista en su programa de radio”, expuso la nota.
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